REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
Tribunal de Control de Barquisimeto
Barquisimeto, 27 de Abril de 2005
Años: 195º y 146º

ASUNTO: KP01-S-2003-005737

Visto el escrito de fecha 07-04-2005 emanado de las Fuerzas Armadas Policiales, Brigada Hospitalaria, por medio del cual ponen a la orden al ciudadano Vinicio Tovar Ochoa titular de la cédula de identidad N° 7.294.045; este Tribunal de Control procede a DEJAR en LIBERTAD INMEDIATA al ciudadano antes mencionado, ya que se verificó por el Sistema Juris 2000 que en fecha 28-06-2003 en la audiencia oral celebrada conforme al artículo 130 del Código Orgánico Procesal Penal el Tribunal de Control N° 4 ORDENO DEJAR SIN EFECTO la ORDEN DE CAPTURA que pesaba sobre el ciudadano Vinicio Tovar Ochoa y librar los oficios y boletas pertinentes, acordándosele en esa oportunidad su plena libertad.

Asimismo, se deja expresamente establecido que la presente información sólo se constató a través del Sistema Informático Juris 2000, ya que en fecha 03-07-2003 el Tribunal de Control 4, ordenó remitir el presente asunto a la Fiscalía de Transición para que se continúe con el procedimiento ordinario.

En consecuencia se ACUERDA librar BOLETA DE LIBERTAD, a favor del ciudadano Vinicio Tovar Ochoa titular de la cédula de identidad N° 7.294.045 y oficiar a todos los organismos competentes a fin de informarles que se acordó dejar sin efecto la orden de captura que pesa sobre el imputado en referencia. Cúmplase.

El presente auto; así como la boleta de libertad y oficios pertinentes serán firmados por la Juez de Control N° 3, Abog. Leila-Ly De Jesús Ziccarelli De Figarelli, en virtud de que la Juez de Control N° 4, Abog. Laura Adams Camacho, se encuentra de reposo.

Todo de conformidad con el artículo 530 del artículo 130 del Código Orgánico Procesal Penal y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.

La Juez de Control N° 3



Abog. Leila-Ly De Jesús Ziccarelli De Figarelli



El Secretario




/yami