REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, quince de abril de dos mil cinco
194º y 146º
ASUNTO : KP02-S-2005-002978
Vista la solicitud presentada por el ciudadano GERMAN JOSE SALDIVIA BULLONES, Venezolano, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad N° 13.435.048 de este domicilio, asistido por la abogada Carolina Nol Hahbi, inscrita en el IPSA No.104.047, donde manifiesta se le conceda titulo supletorio de dominio sobre unas bienhechurías que construyó a expensas propias con dinero de su propio peculio, ubicadas en la calle 23 entre carreras 27 y 28 de la Parroquia Catedral del Municipio Iribarren del Estado Lara, sobre un lote de terreno ejido, que mide Quinientos noventa y seis metros con veinte centímetros cuadrados (596,20 mts.2); alinderadas de la siguiente manera: NORTE: Por donde mide 29,81 mts. con casa y solar que es o fue de la señora Ramona Ramos; SUR: Por donde mide 29,81 mts. con solares de casas que son o fueron del señor Juan Luis Bravo; ESTE: En 20 mts. con solar de la casa que es o fue de la señora Josefina Rodríguez y OESTE: En 20 mts. con solar de la casa que es o fue de la señora Josefina de Rodríguez. Dichas bienhechurías consisten en pisos con baldosa de color, paredes de ladrillos, friso liso, pintura de caucho, ventanas de celosía, puertas de madera y metal, cubierta de platabanda. Dicho inmueble tiene actualmente la siguiente distribución: Un porche de 6,42 mts. x 2,10mts., una sala de 2,80 mts.x 7,64 mts., una habitación de 2,77 mts. x 3,22mts., una habitación de 3,42 mts. x 2,80 mts., una habitación de 2,80 mts. x 2,97 mts., una habitación de 2,80 mts. x 2,97 mts., un baño de 2,80 mts.x 1,55 mts., un baño de 2,80x 1,55 mts., un baño de 1,67 mts. x 2,77 mts., una cocina de 4,90 mts. x 2,77 mts., un corredor con cubierta de acerolit apoyada sobre vigas de 2x1 y mide 97,53 mts.2. Dichas bienhechurías tienen un valor de CUARENTA Y CINCO MILLONES BOLIVARES (Bs.45.000.000,oo ) y teniéndose presentes las declaraciones de los testigos LILIBETH DIAZ y MARCOS CASTILLO, antes identificados éste Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener aprueba la mencionada Justificación y le DECLARA TITULO SUPLETORIO DE POSESION Y DOMINIO a favor del ciudadano GERMAN JOSE SALDIVIA BULLONES ya identificado en las bienhechurías antes descritas en el presente decreto, el cual no podrá ser registrado sin la autorización del propietario del terreno sea un ente público o privado, conforme al acuerdo del primero de abril de 1970, dictado por la Corte Suprema de Justicia en la Sala Político Administrativa, devuélvanse las actuaciones a la parte interesada.-
La Juez
Tamar Granados Izarra
La Secretaria
María Fernanda Alviárez
TGI/merysa
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