REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, dieciocho de abril de dos mil cinco
194º y 146º
ASUNTO : KP02-S-2005-003162
Vista la solicitud presentada por La Ciudadana FIDELINA DEL CARMEN SALAS DUM, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 2.598.407, de este domicilio, asistida de la abogada Carmen R. Giménez R. IPSA No. 55.763, donde manifiesta se le conceda titulo supletorio de dominio sobre unas mejoras que construyó a expensas propias con dinero de su propio peculio, en unas bienhechurías de su propiedad adquiridas según consta de documento protocolizado por ante la Oficina de Registro Subalterno del Segundo Circuito del Distrito Iribarren del Estado Lara, de fecha 28 de Abril de 1.975, inserto bajo el No. 15, folio 34 al 34 vto., Protocolo Primero, Tomo 10, las cuales están ubicadas en La Urbanización Luis Hurtado Higuera, Carrera 2 cruce con calle 2, Parroquia Juan de Villegas, Municipio Iribarren, Estado Lara, sobre un lote de terreno propio distinguido con el Código Catastral No. 217-0069-15, según consta de documento debidamente protocolizado por la Oficina de Registro Subalterno del Segundo Circuito del Distrito Iribarren del Estado Lara, de fecha 10 de Marzo de 1.994, inserto bajo el No. 45, Protocolo Primero, Tomo 10, con una superficie de 343,07 M2. ; alinderadas de la siguiente manera NORTE En 11,05 metros con Carrera 2 que es su frente ; SUR: En 10,38 metros con Inmueble ocupado por ALBERTO GOMEZ ; ESTE: En 35,15 metros con Inmueble ocupado por TORIBIO ANTONIO SALAS Y OESTE: En 30,50 metros con Inmueble ocupado por JOSÉ MARCIAL CARUCI TORREALBA. Dichas mejoras consisten en construcción de Un Inmueble de dos (2) Niveles. Primer Nivel : Constante de sala comedor, un (1) corredor techado y un (1) Local Comercial , adicionalmente posee un garaje techado en cemento. Segundo Nivel : Constante de siete (7) dormitorios, cinco (5) baños, dos (2) cocinas, dos (2) balcones, dos (2) salas grandes, dos (2) pequeñas, un (1) pasillo, ventanas panorámicas que cubren 40,05 metros , 25 ventanas, 18 puertas y dos (2) rejas, las paredes construidas con bloques, forradas con baldosas, adicionalmente el inmueble consta de un tanque aéreo para almacenamiento de agua con capacidad de aproximadamente 10.000 litros de agua. El valor invertido sin incluir el valor del terreno es la cantidad de TREINTA MILLONES DE BOLIVARES ( Bs. 30.000.000,oo ), y teniéndose presentes las declaraciones de los testigos ELIZABETH MURO Y WIL FRAN TRIANA, Titulares de las cédulas de identidad Nos. 8.749.670 y 7.434.243 respectivamente, éste Tribunal administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener aprueba la mencionada Justificación y le DECLARA TITULO SUPLETORIO DE POSESION Y DOMINIO a favor de La Ciudadana FIDELINA DEL CARMEN SALAS DUM ya identificada en las bienhechurías antes descritas en el presente decreto, el cual no podrá ser registrado sin la autorización del propietario del terreno sea un ente público o privado, conforme al acuerdo del primero de abril de 1970, dictado por la Corte Suprema de Justicia en la Sala Político Administrativa, devuélvanse las actuaciones a la parte interesada.-
La Juez
Tamar Granados Izarra
La Secretaria
María Fernanda Alviárez
TGI/AMV.
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