REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, 07 de Abril de 2005
Años 194º y 146º
N° DE EXPEDIENTE: KP02-L-2004-001515
PARTE ACTORA: NEICELES JANETTE CADENAS ESCOBAR, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. 14.171.439
ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE DEMANDANTE: MARIA FERNANDA ALVARDO, IPSA Nros. 55.615, Procuradora Especial de Trabajadores en el Estado Lara
PARTE DEMANDADA: JUNTA DE CONDOMINIOS DEL EDIFICIO MORAN PLAZA
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES
En el día de hoy, 07 de Abril 2005 siendo las dos y treinta de la tarde (02:30 p.m.), oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, se deja constancia de que no comparecieron ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno la parte demandante NEICELES JANETTE CADENAS ESCOBAR, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. 14.171.439, estando presente sin poder la abogada MARIA FERNANDA ALVARDO, IPSA Nros. 55.615, Procuradora Especial de Trabajadores en el Estado, ni la parte demandada JUNTA DE CONDOMINIOS DEL EDIFICIO MORAN PLAZA, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 194° y 146°.
El Juez
Abg. William Simón Ramos Hernández
La Secretaria
Abg. Yesenia P. Vásquez R.
La Parte Presente
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