JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.-
Valencia, 06 de abril de 2.005
Año 194º y 146º
DEMANDANTE: ANIBAL ALAMO TORO
DEMANDADO: ANA FABIOLA MARQUEZ DE SEQUERA Y JOSE
SEQUERA
MOTIVO: COBRO DE BOLIVARES
EXPEDIENTE: Nro. 43.247
Vista la anterior diligencia suscrita por los Abogados ANIBAL ALAMO TORO, actuando en su propio nombre y por la otra LUIS ALBERTO MADURO, contentivo de la Transacción celebrada entre las partes, este Tribunal HOMOLOGA dicha Transacción de conformidad con lo establecido en el Artículo 256 del Código de Procedimiento Civil y acuerda tenerlo como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Como se solicita, se acuerda la la suspensión de la medida de prohibición de enajenar y gravar que pesa sobre el inmueble descrito en autos, y decretada por este Tribunal en fecha 11 de agosto de 1.998 con oficio Nro. 1.583.- Líbrese oficio al ciudadano Registrador de la Oficina Inmobiliaria del primer Circuito del Municipio Valencia.-Se da por terminado el presente juicio y se ordena el archivo del expediente.-
La Juez Suplente Especial
La Secretaria,
Abog. Lucilda Ollarves Velásquez
Abog. Mayela Ostos Fuenmayor
Se hizo lo ordenado. Se Homologó Transacción.- Se libró oficio Nro. 597 Se archivó el expediente.-.-.
La Secretaria,
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