En horas de despacho del dìa de hoy, catorce (14) de abril del año dos mil cinco (2005), siendo las 2:10 de la tarde, se trasladó y constituyó el tribunal en la sede de la sub.-comisaría Ruiz Pineda ubicada en la Avenida Aranzazu, sector Ricardo Urriera, Valencia Estado Carabobo, en compañía del abogado Daniel Peña Bazàn, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 14.975, en su carácter de endosatario por Procuración Antonio José Pérez Gómez. Presente el ciudadano JOSE ANTONIO RAMÍREZ MOLINA, titular de la cédula de identidad Nº 9.333.226, en su carácter de demandado se le notificó de la misión a realizar. El tribunal a solicitud de la parte actora, designa como depositario a la depositaria Judicial Carabobo S.R.L. representada por Adriana Márquez, titular de la cédula de identidad Nº 7.012.830, y como perito avaluador a Juan Pedro Colmenares, titular de la cédula de identidad Nº 10.643.606, quienes estando presentes aceptan el cargo y prestan el juramento de ley. El tribunal por cuanto el demandado manifiesta que va a llamar a su abogado, le concede un lapso de espera de una hora. Siendo las 3:15 de la tardee, se hizo presente el abogado Danny José Carrasco Martínez, titular de la cédula de identidad Nº 6.511.376 e inscrito en el inpreabogado bajo el nº 94.867, con la finalidad de asistir al demandado. El demandado asistido de abogado expone: a fin de dar por terminado el presente juicio, me doy por intimado, convengo en la demanda en todas y cada una de sus partes, renuncio al lapso de comparecencia y ofrezco a la parte actora pagar por vía de transacción el monto adeudado de la siguiente manera: la cantidad de Bs. 3.000.000,oo tres millones de bolívares el dìa de mañana en la Torre Camoruco Piso 18 oficina 06. Segundo: la cantidad de un millón cuatrocientos treinta y cuatro mil bolívares (Bs. 1.434.000, oo), el dìa dos (2) de mayo de 2005, en el mismo domicilio antes señalado. Cantidades éstas que comprenden el monto líquido demandado, más las costas procesales e intereses. Así mismo me comprometo a pagar la cantidad de un millón de bolívares (Bs. 1.000.000, oo)el 30 de mayo de 2005, en el domicilio antes indicado, por concepto de dos giros vencidos el primero el 17 de marzo de 2005 y el segundo el 17 de abril de 2005; igualmente me comprometo a seguir pagando los giros por vencerse en las siguientes fechas: Bs. 500.000,oo el 17-05-05; Bs. 500.000,oo el 17-06-05; y Bs. 800.000,oo el 17-08-05 giros éstos que fueron librados por concepto de la compra de un vehículo Placas MAD10M, color azul, modelo espero 1500 SIN, año 1.994, marca Daewoo, serial carrocería KLAJF19VIRB727144, serial motor A15MF123625. Igualmente solicito a la parte actora, una vez que se hayan hecho los pagos efectivos y nada quede a deberse por éste ni por otro concepto, me sea traspasado el vehículo anteriormente identificado, entregándome el pleno dominio sin ningún tipo de gravamen ya que efectivamente se encuentran cancelados en los recibos los gastos de la notaría por la cantidad de trescientos mil bolívares (Bs. 300.000, oo). En este estado interviene el abogado actor y expone: acepto la transacción que se hizo a través de este convenimiento en todas y cada una de sus partes, siempre y cuando la parte demandada cumpla con todo lo explanado en el mismo. Para el caso de no cumplir con el compromiso contraído en este acto, me reservo todas las acciones que pueda mi endosante con todos los pronunciamientos de Ley. Ambas partes solicitamos al tribunal de la causa, la homologación de la presente transacción. El tribunal visto lo acordado por las partes, se abstiene de practicar la medida de embargo preventivo decretada y hace constar que no se presentó incidencia alguna y las firmas que se estampan en la presente acta, han sido sin apremio alguno. Siendo las 4:10 de la tarde, el tribunal regresa a su sede. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman: La Juez provisorio (FDO) Dra. Alix Rodríguez. El Abogado Actor (fdo) Daniel Bazàn. El demandado y su abogado asistente (fdos) José Ramírez Danny Carrasco. El Depositario (fdo) Adriana Márquez El Perito (fdo) Juan Colmenares. La Secretaria (fdo) Abg. Zorka Carbonell
|