Quien suscribe Abogado YULIMAR FONSECA GONZÁLEZ, Secretaria Titular del JUZGADO TERCERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA, SAN DIEGO Y CARLOS ARVELO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, hace constar que el acta que a continuación se transcribe, es copia fiel y exacta de su original que corre inserto en la Comisión Nro. 2.217, de la nomenclatura archivar de éste Tribunal. “En el día de hoy 12 de abril de 2005, siendo las 3:30 de la tarde, se trasladó y constituyó el Juzgado Tercero Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, San Diego, Naguanagua y Carlos Arvelo del Estado Carabobo, a cargo de la Juez Provisorio Doctora MAURICIA GONZALEZ y la Secretaria Titular Abogada YULIMAR FONSECA, en compañía de la parte actora abogado FERNANDO FACHIN, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 72.015, en las afueras del Inmueble donde funcionó la empresa demandada VECTOR SISTEMAS, C. A., ubicado en el Centro Comercial Paseo Las Industrias, Nro. P B – 60, Nivel Planta Baja, Primera Etapa, Municipio Valencia Estado Carabobo. Seguidamente la parte actora abogado FERNANDO FACHIN, I.P.S.A. Nro. 72.015 expone: Solicito al Tribunal designe cerrajero por cuanto el Inmueble se encuentra cerrado. Seguidamente el Tribunal procede a efectuar los toques de ley y al no obtener respuesta designa Cerrajero Judicial al ciudadano RICHARD GARCIA, cédula de identidad Nro. 11.349.760, el cual presente aceptó el cargo y prestó el juramento de ley. Seguidamente el Tribunal deja constancia que el Inmueble se encuentra totalmente vacío, sucio, en estado de abandono, con los servicios públicos suspendidos. Seguidamente la parte actora abogado FERNANDO FACHIN, I.P.S.A. Nro. 72.015 expone: Señalo al Tribunal para ser Embargados Ejecutivamente el Inmueble constituido por un Local Comercial Nro. PB – 60, Nivel Planta Baja, Primera Etapa, del Centro Comercial Paseo Las Industrias, en Valencia Estado Carabobo, y pertenece a la demandada según consta en Documento Protocolizado por ante la Oficina Segunda de Registro Inmobiliaria del Segundo Circuito del Estado Carabobo, en fecha 17 – 6 – 1993, anotado bajo el Nro. 36, Tomo 26, Protocolo Primero, alinderado de la siguiente manera: NORTE: Local Nro. PB – 58; SUR: PB - 62; ESTE:
PB - 24; OESTE: Pasillo de Circulación, le corresponde un puesto de estacionamiento en el nivel PB, Nro. 419. Seguidamente este Tribunal Tercero Ejecutor de Medidas actuando por comisión en nombre de la República Bolivariana de Venezuela declara Embargado Ejecutivamente el Inmueble constituido por un Local Comercial Nro. PB – 60, Nivel Planta Baja, Primera Etapa, del Centro Comercial Paseo Las Industrias, en Valencia, Estado Carabobo, cuyas medidas y linderos se encuentran descritos en la presente acta, y deja el Inmueble bajo la guarda y custodia de la Depositaria Judicial Venezuela, C. A., representada en este acto por el ciudadano JESÚS GARCIA, cédula de identidad Nro. 5.480.302, el cual presente aceptó el cargo y prestó el juramento de ley. Seguidamente el Tribunal acuerda oficiar lo conducente al Registrador Subalterno Inmobiliario del Segundo Circuito de Registro del Estado Carabobo, a los fines de que se estampe la debida nota. Seguidamente el Tribunal declara cumplida su misión, ordena se remitan las actuaciones a su Tribunal de causa y que el mismo regrese a su sede, siendo las 4:30 de la tarde, es todo, terminó, se leyó y conformes firman”. La Juez, Dra. MAURICIA GONZALEZ (Fdo); Parte actora (fdo); Depositaria (Fdo); Cerrajero (Fdo); y La Secretaria Titular , Abogado Yulimar Fonseca (Fdo)……………………………………………………………………………………………
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