Quien suscribe Abogado YULIMAR FONSECA GONZÁLEZ, Secretaria Titular del JUZGADO TERCERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA, SAN DIEGO Y CARLOS ARVELO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, hace constar que el acta que a continuación se transcribe, es copia fiel y exacta de su original que corre inserto en la Comisión Nro. 2.222, de la nomenclatura archivar de éste Tribunal. “En el día de hoy 14 de abril de 2005, siendo las 10:00 de la mañana, se trasladó y constituyó el Juzgado Tercero Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, San Diego, Naguanagua y Carlos Arvelo del Estado Carabobo, a cargo de la Juez Provisorio Doctora MAURICIA GONZALEZ y la Secretaria Titular Abogada YULIMAR FONSECA, en compañía de la parte actora abogado CONCEPCIÓN PÉREZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 67.553, en el inmueble objeto de la medida el cual se encuentra el NORTE Cerro bajo del Instituto Agrario Nacional; SUR: Terrenos del comprador; ESTE: Casa y solar del vendedor José Andrés Ortega y OESTE: Terrenos del mismo comprador José Federico Kolster, el mismo tiene una superficie aproximada de 25.000 Mts2. Seguidamente el Tribunal procede a notificar al ciudadano DEISY COLMENARES, cédula de identidad Nro. 12.479.165; YUSMERY TOVAR, cédula de identidad Nro. 20.161.318; NERY CARRILLO, cédula de identidad Nro. 6.690.988, DEISY MANAMA, cédula de identidad Nro. 16.733.265, los cuales quedaron impuesto de la misión a cumplir por el Tribunal decretado por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia Civil, Mercantil y del Tránsito del Estado Carabobo, expediente Nro. 19.710; los cuales manifestaron al Tribunal Ejecutor que no poseen vivienda y están a la espera de ser censados por el IVEC, a los fines de que se le adjudique viviendas dignas por el Estado. Seguidamente la parte actora abogado CONCEPCIÓN PÉREZ, IPSA Nro. 67.553, expone: Señalo al Tribunal para ser secuestrado un terreno propiedad de la nación (I:N:T:I:), el mismo tiene una superficie de veinticinco mil metros cuadrados (25.000 M2) y alinderado de la siguiente manera: NORTE: Cerro Bajo del Instituto Agrario Nacional; SUR: Terrenos del comprador; ESTE: Casa y solar del vendedor José Andrés Ortega, y OESTE: Terrenos del mismo comprador José Federico Kolster, autenticado en el Juzgado del Distrito Carlos Arvelo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, de fecha 18 de enero del año 1.977, quedando anotado bajo el N° 4 de los libro de autenticaciones. Seguidamente este Tribunal Tercero Ejecutor de Medidas actuando por comisión en nombre de la República Bolivariana de Venezuela declara secuestrado el terreno propiedad de la nación (I:N:T:I) el mismo tiene una superficie de 25.000 M2, cuyos linderos se encuentran detallados en la presente acta, tal y como fue acordado por el Tribunal de la causa. Seguidamente el Tribunal designa depositaria judicial a la firma mercantil Depositaria Judicial La Valenciana, C. A., en la persona de su representante legal ciudadano ELIGIO MEJÍAS, cédula de identidad Nro. 4.932.317, el cual presente aceptó y prestó el juramento de ley. Seguidamente el representante de la Depositaria Judicial, ya identificado expone: Por cuanto el inmueble secuestrado, es una extensión de terreno que está totalmente vacío, sin ninguna bienhechuría existente, solicito al abogado actor provea lo conducente para la vigilancia permanente del terreno, y la Depositaria Judicial realizará rondas periódicas en los terrenos. Seguidamente la parte actora, ya identificada expone: Si efectivamente me comprometo a suministrar la vigilancia permanente sobre los terrenos, exonerando a la Depositaria Judicial de cualquier responsabilidad sobre el terreno. Seguidamente el Tribunal deja constancia que se encuentra presente la abogada MARINA RAMOS, cédula de identidad Nro. 4.456.395, Consejera de Protección del Niño y del Adolescente del Municipio Carlos Arvelo, así como el Inspector CASTOR LÓPEZ, Jefe del Comando Móvil Policía del Estado Carabobo. Seguidamente la ciudadana NORELY AULAR, cédula de identidad Nro. 20.357.806; CARLOS HERNÁNDEZ, cédula de identidad Nro.12.982.369, MARIA LOVERA, cédula de identidad Nro. 18.193.824, JOSELYN CARRILLO, cédula de identidad Nro.16.538.253, RAFAEL SARMIENTO, cédula de identidad Nro. 14.192.768, MARIA PIÑA, cédula de identidad Nro.16.734.694, MARIA TORRES, cédula de identidad Nro.7.103.699. Seguidamente el Tribunal declara cumplida su misión, deja constancia que durante el lapso que duró la práctica de la medida no se causaron lesiones a persona alguna ni a bienes materiales, ordenando se remitan las actuaciones a su Tribunal de Causa y que el mismo regrese a su sede, siendo las 1:00 de la tarde, es todo, terminó, se leyó y conformes firman, se encontraba presente el ciudadano PORFIRIO GONZÁLEZ, C. I. 8.740.907”. La Juez, Dra. MAURICIA GONZALEZ (Fdo); Parte actora (fdo); Depositaria (Fdo); Representante LOPNA (Fdo); Funcionario Policial (Fdo); Los Notificados (Fdo); y La Secretaria Titular , Abogado Yulimar Fonseca (Fdo)…………………………………………………………………………………………