REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO DEL MUNICIPIO MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO
EN SU NOMBRE


Demandante: MARÍA AUXILIADORA PINTO BAYONES progenitora de la menor YASMARY DEL CARMEN RIVERO PINTO.
Demandado: YASMIL JOSÉ RIVERO MACHADO
MATERIA: PROTECCIÓN DEL NIÑO Y ADOLESCENTE.
MOTIVO: INCUMPLIMIENTO DE OBLIGACIÓN ALIMENTARIA.
Expediente: 342/ 04
Sentencia: INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA


Por cuanto de las actas que conforman el presente expediente, se evidencia que la ciudadana: MARÍA AUXILIADORA PINTO BAYONES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-11.148.113, DESISTIO de la Acción interpuesta por ante este Tribunal, en fecha 19/03/04, por INCUMPLIMIENTO DE OBLIGACIÓN ALIMENTARIA en contra del ciudadano YASMIL JOSÉ RIVERO MACHADO, a beneficio de la menor YASMARY DEL CARMEN RIVERO PINTO, este Tribunal acuerda HOMOLOGAR dicho Desistimiento.
Publíquese, Regístrese y Déjese Copia Certificada.
Dada, firmada y sellada en la sala de Despacho del Juzgado del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en Miranda, a los dieciocho días del mes de Abril del año Dos Mil Cinco. Años 194° de la Independencia y 146° de la Federación.
La Juez Temporal,

Abg. Carmen V. Latouche de H.
La Secretaria.,

Carmen O. Sánchez de C.
En esta misma fecha y siendo la 11:00 a.m., se publicó la anterior Decisión.

La Secretaria,