REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO CARABOBO
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE JUICIO
Valencia, 21 de Abril de 2005
Años 195º y 146º
ASUNTO PRINCIPAL: GP01-P-2004-000079
JUEZ: ADHEMAR AGUIRRE MARTÍNEZ
FISCALÍA: SEPTIMA DEL MINISTERIO PÚBLICO
ACUSADO: DOUGLAS OMAR GONZALEZ
DELITOS: HOMICIDIO CULPOSO Y LESIONES PERSONALES
TIPO DE DECISIÓN: SOBRESEIMIENTO.
En la causa seguida por la ciudadana Fiscal Séptima del Ministerio Público del estado Carabobo, Abogado Tibisay Díaz Ledesma, en contra del ciudadano, DOUGLAS OMAR GONZALEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 4.251.549, residenciado en calle López, c/c calle Plaza, casa N° 102 -26, Parroquia La Candelaria, Valencia, estado Carabobo, por la presunta comisión de los delitos de: HOMICIDIO CULPOSO Y LESIONES PERSONALES, previstos y sancionados en los artículos 411 y 422 del Código Penal respectivamente.
DE LOS HECHOS
En fecha 15 de Abril de 2004, la ciudadana Fiscal Séptima del Ministerio Público, interpuso Escrito Acusatorio, en contra del ciudadano DOUGLAS OMAR GONZALEZ, por la presunta comisión de los delitos de HOMICIDIO CULPOSO Y LESIONES PERSONALES, previstos y sancionados en los artículos 411 y 422 del Código Penal respectivamente, aduciendo, que:
“En fecha 10 de Febrero de 2002, el ciudadano siendo aproximadamente las horas del Mediodía, los funcionarios Cabo Primero, Ramón Mendoza y José Torres, , ambos adscritos a la Dirección General de Transporte y Transito Terrestre, en el momento en que realizaban labores de patrullaje, se les informó que en la avenida principal de Las Palmitas, acababa de ocurrir un accidente de transito, ………………..se trataba de una colisión entre vehículos con arrollamiento de peatones, con un muerto y Tres lesionados……….accidente este donde pereció la ciudadana LILIANA ROSA VICUÑA, y lesionados …….en el momento en que el imputado DOUGLAS OMAR GONZALEZ, en pleno estado de ebriedad, conducía el vehículo…….. …”
Luego de fundamentar su acusación el ciudadano Fiscal, para lo cual ofreció un elenco de pruebas las cuales fueron admitidas por el Juez de Control, con ocasión de llevarse a cabo la Audiencia Preliminar en fecha 04 de Agosto de 2004, se decretó la apertura a Juicio Oral y Público.
DE LOS FUNDAMENTOS PARA DECIDIR
Encontrándose la presente causa, en la fase de realización del Juicio Oral y Público con Juez Unipersonal, según decisión de este Juez de Juicio, de fecha 08 de Marzo de 2005, quien asumiera la Jurisdicción sobre la Causa, prescindiendo de los Jueces Escabinos, debido a su reiterada falta de comparecencia:
Se puede observar, que de las actuaciones se desprende, al folio 92, que en fecha 12 de Abril de 2.004, fue recibido por ante las Oficinas el Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal, Escrito mediante el cual, el ciudadano abogado Fernando González Romero, actuando en su condición de Abogado Privado de Confianza, del acusado DOUGLAS OMAR GONZALEZ, consigna: Original del Acta de Defunción y Certificado de Defunción, de donde se desprende el fallecimiento de su representado, pudiéndose observar anexos al mencionado Escrito: 1) Acta de Defunción, signada con el N° 346, de fecha 05-04-05, emanada de la Prefectura del Municipio Libertador, Jefatura Civil de la Parroquia San José, Alcaldía Mayor del Distrito metropolitano de Caracas correspondiente al occiso DOUGLAS OMAR GONZALEZ, en la cual se explican, las causas de la muerte, y 2) Certificado de Defunción, N° 554698, emanado del Ministerio de Salud y Desarrollo Social, de fecha 01-04-05, el cual se explica por sí solo, señalando como fecha de la muerte del acusado DOUGLAS OMAR GONZALEZ, el día 31 de Marzo del 2005.
DEL DERECHO
Ahora bien, este Tribunal de Juicio, del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, para decidir observa:
PRIMERO: El artículo 322 del Código Orgánico Procesal Penal, Del Sobreseimiento en la etapa de Juicio, establece:
Si durante la etapa de juicio, se produce una causa extintiva de la acción penal o resulta acreditada la cosa juzgada, y no es necesaria la celebración del debate para comprobarla, el Tribunal de Juicio podrá dictar el Sobreseimiento.
Contra esta resolución, podrán apelar las partes”.
SEGUNDO; Por otra parte, el mismo Código Adjetivo Penal, al referirse, a las causas de extinción de la acción penal, en su artículo 48, Numeral 1., señala como una de ellas, “La muerte del Imputado”.
TERCERO: Que son pruebas fehacientes de la muerte del acusado, tanto el “ACTA DE DEFUNSIÓN”, emanada de la Prefectura del Municipio Libertador, Jefatura Civil de la Parroquia San José, Alcaldía Mayor del Distrito metropolitano de Caracas, como el “CERTIFICADO DE DEFUNCIÓN, N° 554698”, emanado del Ministerio de Salud y Desarrollo Social.
Consideraciones éstas, que a criterio de este Juzgador, son suficientes, para decretar, el SOBRESEIMIENTO de la causa, conforme a lo establecido en el artículo 322, en concordancia con el artículo 48, Numeral 1., ambos del Código Orgánico Procesal.
DISPOSITIVA
Por las razones de hecho y de derecho que anteceden, este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Carabobo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo previsto en los Artículos 322 y 324 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 48, Numeral 1., eiusdem, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, a favor del ciudadano (occiso), DOUGLAS OMAR GONZALEZ, plenamente identificado en las Actas. Considerando así mismo, no necesaria la convocatoria a una Audiencia Oral, a los efectos de debatir los fundamentos de esta decisión. Y así se declara. Notifíquese a las partes. En su oportunidad remítase las Actuaciones al Archivo Central, a los fines de su custodia.
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JUEZ TERCERO EN FUNCIÓN DE JUICIO
ABOG. ADHEMAR AGUIRRE MARTÍNEZ
LA SECRETARIA
Abog. Yumirna Marcano
ASUNTO: GP01-P-2004-000079
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