REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA






JUZGADO SUPERIOR PRIMERO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO

ACTA
AUDIENCIA ORAL, PÚBLICA Y CONTRADICTORIA
FIJADA PARA EL DIA DE HOY,
JUEVES VEINTIOCHO (28) DE ABRIL DE 2005
AÑOS 195º Y 146º

Se abrió la sesión presidida por la ciudadana Juez HILEN DAHER DE LUCENA, con la asistencia de la Secretaria del Tribunal Abogada ANTONIETA RAMOS REYNA y el Alguacil Sr. ROMULO VELASQUEZ.

Constituido el Tribunal en el Despacho del Juzgado Superior Primero del Trabajo del Régimen Procesal Transitorio de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, a las doce meridiano (12:00 m.), a los fines de que tuviese lugar la audiencia prevista en el artículo 163 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, donde las partes deberán formular sus alegatos y defensas oralmente, de manera pública y contradictoria, en relación con el recurso de apelación interpuesto por el Abogado JOFFRE CHACON PERAZA representante judicial de la parte actora ANTONIO JOSE MANZO FUENTES; contra la decisión de fecha 14 de febrero del año 2005, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Régimen Procesal Transitorio de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en el juicio que por Prestaciones Sociales sigue el ciudadano ANTONIO JOSE MANZO FUENTES, contra las Sociedades de Comercio INVERSIONES REDA, C.A., MINOTAURO C.A., PACIFICO INVERSIONES, C.A., INDIGO C.A. ADMINISTRACIONES ROMASA, C.A., DISEÑOS DEL CARIBE C.A., CASTOR C.A., TIRRENO INVERSIONES, C.A. y EDIFICACIONES PACIFICO S.R.L. Se dio apertura al acto y seguidamente el ciudadano Alguacil ROMULO VELASQUEZ, notifica a la ciudadana Juez que en el recinto del Tribunal no se encuentra presente la parte actora apelante; en consecuencia este Tribunal deja constancia de que la parte actora recurrente no se encuentra presente ni por si ni por apoderado judicial que la representare. Acto Seguidamente interviene la ciudadana Juez HILEN DAHER DE LUCENA, y expone: Este Tribunal Superior Primero del Trabajo del Régimen Procesal Transitorio de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, pasa a decidir en forma oral e inmediata el presente recurso, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo declara: DESISTIDO EL RECURSO DE APELACION, ejercido por la parte Actora, contra la decisión de fecha 14 de febrero del año 2005, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Régimen Procesal Transitorio de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo. Queda en estos términos confirmado el fallo recurrido. Se ordena la remisión del presente expediente a su Tribunal de origen. Se exime de costas a la parte Actora Apelante por no ser pasible de esta condena quienes perciben un salario diario inferior al triple del salario mínimo.
Se ordena agregar al expediente C.D. de grabación del presente acto.
Se declara que ha concluido el acto y con éste la presente audiencia.
Se retira la ciudadana Juez y se ordena la publicación de la presente Acta.

Es todo, término, se leyó y conforme firman,


HILEN DAHER DE LUCENA
JUEZ

ANTONIETA RAMOS REYNA
SECRETARIA
Exp. No. GP02-R-2005-000206
Recurso de Apelación