REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR PRIMERO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO
ACTA
AUDIENCIA ORAL, PÚBLICA Y CONTRADICTORIA
FIJADA PARA EL DIA DE HOY,
VIERNES OCHO (08) DE ABRIL DE 2005
AÑOS 194º Y 146º
Se abrió la sesión presidida por la ciudadana Juez HILEN DAHER DE LUCENA, con la asistencia de la Secretaria del Tribunal Abogada ANTONIETA RAMOS REYNA y el Alguacil Sr. ROMULO VELASQUEZ; en virtud de la diligencia estampada en esta misma fecha, por las partes intervinientes en la presente causa ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos mediante la cual solicitan se lleve a cabo la realización de audiencia de apelación fijada en la presente causa. A dicha solicitud este Tribunal accede a la realización de la misma.
Constituido el Tribunal en el Despacho del Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, a las doce y treinta pasado meridiano (12:30 p.m.), a los fines de que tuviese lugar la audiencia prevista en el artículo 131 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, donde las partes deberán formular sus alegatos y defensas oralmente, de manera pública y contradictoria, en relación con el recurso de apelación interpuesto por la Abogada JOSIE CAROLINA LINARES Representante Judicial de la parte Actora NINOSKA HERNANDEZ, contra la decisión dictada en fecha 14 de marzo de 2005, por el Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en el juicio que por Cobro de Prestaciones Sociales sigue NINOSKA HERNANDEZ contra la Sociedad de Comercio INSTITUTO POLITECNICO SANTIAGO MARIÑO. Se dio apertura al acto y se deja constancia de la presencia en este acto de las Representantes Judiciales de la parte actora Abogadas LUCY Y. DAZA MOLINA, JOSIE C. LINARES M. y MARIA F. MARQUEZ VILLASANA, quienes se identificaron con el número de Inpreabogado 86.625, 106.266 y 63.001 respectivamente, parte apelante; igualmente se deja constancia de la presencia del representante judicial de la parte accionada Abogado JESUS A. SOTO RODRIGUEZ, quien se identificó con el número de Inpreabogado 46.136. Seguidamente la ciudadana Juez HILEN DAHER DE LUCENA, interviene acotando los puntos sobre los cuales versa la presente apelación. A continuación se le otorga el derecho de palabra a la parte actora recurrente; quien expuso las razones que a su juicio justifican la apelación del fallo recurrido; igualmente se le otorgó el derecho de palabra a la parte accionada quien expuso sus razones y alegatos. Concluida su exposición, la ciudadana Juez HILEN DAHER DE LUCENA, intervino haces varias acotaciones y formuló preguntas. Seguidamente el Tribunal Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, pasa a decidir en forma oral e inmediata el presente recurso, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo declara: 1.-) PARCIALMENTE CON LUGAR, la demanda incoada por la ciudadana NINOSKA GUILLERMINA HERNANDEZ GONZALEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 7.156.562, contra el INSTITUTO POLITECNICO SANTIAGO MARIÑO, - Extensión Valencia-, inscrito por ante el Registro Mercantil Subalterno del Distrito Bolivar, Estado Anzoátegui, en fecha 29 de septiembre de 1991, bajo el No 49, Tomo 12. 2.-) SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por la parte actora. 3.-) MODIFICADA la sentencia recurrida. 4.-) Para la determinación del Salario base de cálculo se ordena una experticia complementaria al fallo. 5.-) No hay condenatoria en Costas por no haber vencimiento total.
Se ordena agregar al expediente C.D. de grabación del presente acto conforme a lo dispuesto en el artículo 166 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Siendo la 1:00 de la tarde se declara que ha concluido el acto y con éste la presente audiencia.
De conformidad con el artículo 131 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, procede el Tribunal en el mismo día de hoy, a publicar el texto del íntegro de la decisión.
Se retira la ciudadana Juez y se ordena la publicación de la presente Acta y del texto íntegro de la decisión.
Es todo, término, se leyó y conforme firman,
HILEN DAHER DE LUCENA.
JUEZ
LAS REPRESENTANTES JUDICIAL DE
LA PARTE ACTORA APELANTE
EL REPRESENTANTE JUDICIAL
DE LA PARTE ACCIONADA
ANTONIETA RAMOS REYNA
SECRETARIA
Exp. No. GP02-R-2005-000247
Recurso de Apelación
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