TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.-
Valencia, 18 de abril de 2005 Año 194º y 146º
Por recibida la presente solicitud de HOMOLOGACION DE ACTA DE CONCILIACION POR OBLIGACION ALIMENTARIA y sus recaudos presentados en fecha 13-04-2005 por la ciudadana MARGARITA ECHENIQUE, FISCAL DECIMA SEXTA DEL MINISTERIO PUBLICO. Désele entrada. Fórmese Expediente.- Anótese en los libros correspondientes.- Se admite cuanto ha lugar en derecho, Vista igualmente el Acta Convenio levantada en fecha 12-04-2005 por los ciudadanos RAIZA MERCEDES ROSALES MUNDARAY y CRISTOBAL JOSE CASTAÑEDA CASTILLO a favor del adolescente JOSE ALEJANDRO CASTAÑEDA ROSALES esta Juez Unipersonal N° 3 acuerda homologar el acta de conciliación de esta misma fecha, suscrita por los ciudadanos antes mencionados, y por cuanto no es contraria a ninguna disposición de la Ley, al orden público, ni a las buenas costumbres, ésta Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte su respectiva HOMOLOGACION POR OBLIGACION ALIMENTARIA: PRIMERO: el ciudadano CRISTOBAL CASTAÑEDA, se compromete a suministrar por concepto de obligación alimentaría la cantidad de CUARENTA Y CINCO MIL BOLIVARES (Bs. 45.000,00) quincenales, a razón de NOVENTA MIL BOLIVARES (Bs.90.000,00) mensuales; igualmente aportará dos bonos especiales el primero en el mes de agosto por la cantidad de CIEN MIL BOLIVARES (Bs. 100.000,00), para los gastos escolares y el segundo por la cantidad de DOSCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 200.000,00), en el mes de diciembre para cubrir los gastos decembrinos. SEGUNDO: la ciudadana RAIZA ROSALES acepta lo anteriormente expuesto en los términos establecidos.- Expídase por Secretaría copia certificada y entréguese a la parte.-
LA JUEZ PROFESIONAL DE PROTECCION
DRA. MAGALY PEREZ VELASQUEZ
LA SECRETARIA
ABOG. SANDRA SAEZ
En la misma fecha se cumplió lo ordenado y se le dio entrada bajo el N° C-26.748-.
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