TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO
Sala de Juicio Nº 1, Juez Unipersonal Nº 3

Valencia, 27 de abril de 2005
Años: 195º y 145º

Vista el acta levantada en fecha 06 del corriente mes y año, en la cual se desprende que se constituyó el Tribunal, y que las partes litigantes, ciudadanos FREDDY ANTONIO MARQUEZ y SOL MARISELA MARTINEZ DORTA, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-1.749.531 y V-8.556.362 respectivamente, llegaron a un acuerdo en el presente procedimiento de CUMPLIMIENTO DE OBLIGACION ALIMENTARIA a favor de la adolescente MARISELA ALEXANDRA MARQUEZ MARTINEZ, y revisado el contenido de dicho convenio y por cuanto no es contrario a ninguna disposición de la Ley, al orden público, ni a las buenas costumbres, esta Juez Unipersonal Nº 3 del Tribunal de Protección para el Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por Autoridad de la Ley, le imparte su respectiva HOMOLOGACION. En consecuencia, el ciudadano FREDDY ANTONIO MARQUEZ, aumenta la obligación alimentaria asignada en sentencia de fecha 15-10-2003 de la Sala 2, de DOSCIENTOS NUEVE MIL BOLIVARES (Bs. 209.000,oo) mensuales a DOSCIENTOS CUARENTA MIL BOLIVARES (Bs. 240.000,oo) mensuales, adicionalmente continuando pagando con las otras obligaciones como educación, vestido y acuerdos extra como vivienda, además de salud. La progenitora de la adolescente, ciudadana SOL MARISELA MARTINEZ DORTA, conviene con la propuesta realizada por el padre de su hija.- CUMPLASE.-
LA JUEZ PROFESIONAL DE PROTECCION


DRA. MAGALY PEREZ VELASQUEZ

LA SECRETARIA,

ABOG. SANDRA SAEZ

En la misma fecha se cumplió lo ordenado.
Exp. Nº C-25.387.-
MPV/ib.-