REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

T. Penal de Control del Edo Sucre- Ext. Carúpano
Carúpano, 20 de Agosto de 2005
195º y 146º

ASUNTO PRINCIPAL: RP11-P-2005-004054
ASUNTO: RP11-P-2005-004054


AUTO ACORDANDO ORDEN DE APREHENSION

Visto el escrito presentado por El Abg: Pedro Navarro, en su carácter de Fiscal Septimo del Ministerio Público, mediante el cual solicita se libre Orden Judicial de Aprehensión a los Ciudadanos: Jesús Antonio Sisco Cabrera , Venezolano, Mayor de edad, Titular de la cedula de identidad N° 12.741.188, de 26, años de edad, residenciado en calle Úrica N° 34, Jesús Eduardo Rodríguez Hernández, de 35 años de edad, Titular de la Cedula de Identidad n° 10.220.616,Residenciado en Calle Úrica N° 30, Francisco Antonio Marín Villarroel, quien es venezolano, Titular de la cédula de identidad N° V.-15.114.899, domiciliado en Playa Grande Sector el Pujo, casa N° 4 Manzana “K” de 24 años de edad. Por encontrarse incursos en la presunta comisión del delito de homicidio calificado, previsto y sancionado en el articulo 406 ordinal 1° del Código Penal Venezolano y Violación de Domicilio previsto y sancionado en el articulo 183 Código Penal Venezolano en perjuicio del ciudadano Alberto Ramón Ospedales. Este Tribunal a los fines de decidir Observa: 1) Denuncia Común de fecha 02-08-05, Actas de investigación penal de fecha 02-08-05, 2) Actas de entrevista de fechas 03, 04, 05, 10 de Agosto del 2005 -3) Reconocimiento Medico Legal N° 1507 de fecha 11-08-05 y Autopsia N° 114-05 de Fecha 11-08-05 , Por lo antes expuesto, Este Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, una vez revisadas minuciosamente las actas que acompañan la presente solicitud, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley; ACUERDA la solicitud fiscal y en consecuencia ORDENA LA APREHENSION de los ciudadanos Jesús Antonio Sisco Cabrera , Venezolano, Mayor de edad, Titular de la cedula de identidad N° 12.741.188, de 26, años de edad, residenciado en calle Úrica N° 34, Jesús Eduardo Rodríguez Hernández, de 35 años de edad, Titular de la Cedula de Identidad n° 10.220.616,Residenciado en Calle Úrica N° 30, Francisco Antonio Marín Villarroel, quien es venezolano, Titular de la cédula de identidad N° V.-15.114.899, domiciliado en Playa Grande Sector el Pujo, casa N° 4 Manzana “K” de 24 años de edad. Por encontrarse incursos en la presunta comisión del delito de homicidio calificado, previsto y sancionado en el articulo 406 ordinal 1° del Código Penal Venezolano y Violación de Domicilio previsto y sancionado en el articulo 183 Código Penal Venezolano en perjuicio del ciudadano Alberto Ramón Ospedales, de conformidad con lo establecido en el artículo 250 ordinales 1ero., 2do., 3ero. Y primer aparte, del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 44 ordinal 1ero de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, y una vez detenido, sean puesto a la orden de la Fiscalía Septima del Ministerio Público , a los fines de ser presentado ante el Juez de Control de Guardia. Librese oficio a la Representación Fiscal notificándosele de la orden de aprehensión librada y de la remisión de este asunto a ese despacho, en virtud de haberse cumplido con lo solicitado. Igualmente librese oficio al Comisario Jefe del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas, Sub. Delegación Carúpano del Estado Sucre, a los fines de que tramite las respectivas ordenes de aprehensión.
La Juez Tercero de Control

Abg. Carmen Marisandra Milano
El Secretario

Abg. Wendy Valerio