REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL EXTENSIÓN CORO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón
Coro, 12 de Agosto de 2005
195º y 146º

ASUNTO PRINCIPAL : IP01-S-2004-004130
ASUNTO : IP01-S-2004-004130


Visto el escrito consignado por ante este tribunal, por la ciudadana MIGDALIA MARILUZ HERNANDEZ PEREZ, en su condición de víctima en la presente causa, en la cual manifiesta al Tribunal que el ciudadano OSWALDO RAFAEL JURADO, insiste en su conducta de perturbación hacia su persona, violando de esa manera la medida cautelar que le dictara el Tribunal en fecha 24/02/04, consistente en no acercarse a la victima, ni molestarla de hecho ni de palabra, así como también la medida de protección familiar solicitada al Fiscal Superior del Ministerio Público, motivo por el cual dicha ciudadana se encuentra sumamente angustiada y solicita al Tribunal, fije una Audiencia Especial para resolver lo relacionado con el incumplimiento del referido ciudadano. Este Juzgador para resolver sobre lo solicitado, hace las siguientes consideraciones: Siendo que a este Tribunal no le consta de ninguna forma que el ciudadano OSWALDO RAFAEL JURADO, este incumpliendo con las obligaciones que le impusieran el Tribunal y el Fiscal Superior del Ministerio Público y solo se cuenta con lo manifestado por la victima. Este Tribunal primero de control, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley; NIEGA, la solicitud de fijar audiencia especial, para debatir lo solicitado, e insta al Fiscal del Ministerio Público, a iniciar todas las diligencias necesarias a los fines que mediante la investigación que se realice, se pueda demostrar la veracidad de lo denunciado por la victima y este tribunal cuente con suficientes elementos de convicción, que le permita tomar una decisión sobre lo solicitado. Y ASI SE DECIDE. Lábrese las boletas correspondientes






El Juez

El Secretario

Abg. José Alberto González Celis