REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, dos de agosto de dos mil cinco
195º y 146º
ASUNTO : KP02-V-2005-002503
Por auto dictado en fecha 20 de Julio de 2005, el Tribunal admitió escrito acompañado de recaudos suscrito por la Fiscal Decimoséptima del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, mediante el cual solicita se rectifique la Partida de Nacimiento de la niña IDENTIFICACION OMITIDA DANDO CUMPLIMIENTO AL ARTICULO 65 DE LA LOPNA, inscrita en la Jefatura Civil de la Parroquia Catedral del Municipio Iribarren, bajo el N° 2287 del libro de Nacimientos llevado por ese Despacho en el año 2004, ya que se incurrió en errores materiales al omitir primero, el número de Cédula de Identidad de la madre, debiéndose asentar “…N° V-14.293.372”, y segundo, los datos personales del padre los cuales son, JUAN CARLOS ARRIECHE, titular de la CI: V-14.760.686, de estado Civil Casado, de profesión Agricultor, y domiciliado en la misma dirección, razón por la cual estima se le expida la rectificación correspondiente.
Examinados los recaudos acompañados con la solicitud, se desprende de los mismos que se presenta la situación planteada, siendo que en la Partida y recaudos presentados, efectivamente dejó de asentarse el número de Cédula de Identidad de la madre de la niña, y de los datos personales del padre, haciéndose necesaria la rectificación requerida.
En consecuencia, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en los artículos 501 y 502 del Código Civil ORDENA RECTIFICAR la partida de nacimiento de la niña IDENTIFICACION OMITIDA DANDO CUMPLIMIENTO AL ARTICULO 65 DE LA LOPNA, debiéndose asentar el número de Cédula de Identidad de la Madre, y lo datos personales del padre, lo cual deberá aparecer en lo sucesivo, primero “V-14.293.372”, y segundo JUAN CARLOS ARRIECHE, titular de la CI: V-14.760.686, de estado Civil Casado, de profesión Agricultor, y domiciliado en la misma dirección; Partida ésta asentada bajo el N° 2287 del Libro de Nacimientos llevado por la Jefatura Civil de la Parroquia Catedral del Municipio Iribarren en el año 2004. Rectifíquese partida de Nacimiento.
Expídanse por Secretaria copias de la presente decisión y remítanse al Registro Principal a la Jefatura Civil, ambos del Estado Lara, a los fines legales consiguientes.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Juicio N° 3 del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara en Barquisimeto, el 2° de Agosto de 2005. Años 195° de la Independencia y 146° de la Federación.

LA JUEZ DE JUICIO N° 3,
LA SECRETARIA,
Dra. NORA ZUMAYA VALERA HERNANDEZ.
NZVH/LUIS J Abog. OLGA DAAL.
Rectificación Partida.




El Juez



Abg. Nora Zumaya Valera Hernández
El Secretario