REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, nueve de agosto de dos mil cinco
195º y 146º
ASUNTO: KP02-S-2005-009632
Visto el ACUERDO suscrito por ante la Fiscalía Décimo Cuarta de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, entre los ciudadanos MAIRELYS KATIUSKA ESPINOZA CHAVEZ Y DEIVIS JOSÉ RIGIO RAMOS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. 15.447.020 Y 11.266.465 respectivamente, y de este domicilio, relacionado con el Régimen de Visita en beneficio de la niña IDENTIFICACION OMITIDA DANDO CUMPLIMIENTO AL ARTICULO 65 DE LA LOPNA, de cuatro (04) años de edad dispone homologarlo en los siguientes términos:
PRIMERO: El padre podrá visitar a la niña dos sábados al mes en el horario comprendido desde la 2 p.m, hasta las 6 p.m.
SEGUNDO: El padre podrá llevarse a la niña luego de trascurrido tres meses, en el horario comprendido de 2 p.m, hasta las 6 p.m.
En consecuencia, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en artículos 315 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, ADMITE y HOMOLOGA el acuerdo suscrito por los ciudadanos MAIRELYS KATIUSKA ESPINOZA CHAVEZ Y DEIVIS JOSÉ RIGIO RAMOS, y ordena que se tenga como una Sentencia Firme, haciendo saber a las partes que dicho acuerdo puede ser modificado posteriormente según las necesidades de las beneficiarias. Expídanse las copias certificadas que las partes soliciten.
Remítase copia certificada de la presente Decisión a la Fiscalía Décimo Cuarta de la Circunscripción Judicial del Estado Lara.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Juicio N° 03 por la Dra. Nora Zumaya Valera, del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente del Estado Lara, en Barquisimeto, a los 09 días del mes de agosto de dos mil Cinco (2.005). Años: 195° y 146°.
La Juez de Juicio N° 3
Dra. Nora Zumaya Valera.
La Secretaria
NZY/emi.-
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