REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, diez (10) de Agosto de 2005
Años 195º y 146º
ACTA
N° DE EXPEDIENTE: KP02-L-2005-910
PARTE ACTORA: AMANDA DE JESUS TORRES DE RESTREPO, extranjera, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No.81.290.068
PARTE DEMANDADA: COLEGIO ALEXANDER VORM HUMBOLDT
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES
En el día de hoy diez (10) de Agosto de 2005, siendo la oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, se deja expresa constancia que por la parte actora, ciudadana: AMANDA DE JESUS TORRES DE RESTREPO, extranjera, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No.81.290.068, quién no compareció ni por si ni por medio de apoderado Judicial alguno. Así mismo se procede a llamar a la parte demandada COLEGIO ALEXANDER VORM HUMBOLDT, el cual no comparece ni representante legal ni apoderado judicial alguno. Visto esto, y en razón de la incomparecencia de la parte demandante al acto de Audiencia Preliminar, este Juzgado Segundo de Primera instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISIÓN. Años 195° y 145°
La Juez
Abg. Audrey Guedez
La Secretaria
Abg. Joselyn Cárdenas
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