REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR PRIMERO EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR PRIMERO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO Y PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.
Valencia, 11 de agosto del 2.005
195º y 146º
Exp. Nº 8.105
Visto el escrito de fecha 1º de agosto del 2.005, suscrito por el abogado CARLOS GREGORIO RUGELES, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 61.180, parte demandada en el presente juicio, en el cual anuncia recurso de casación contra la sentencia interlocutoria dictada por este Tribunal, el 1º de junio del 2.005, para decidir el Tribunal deja constancia que dicha sentencia salió fuera del lapso legal, ordenándose la notificación de las partes, practicándose la primera de ellas en la persona del demandado, según diligencia consignada por el Alguacil de este Juzgado, de fecha 06 de junio del 2005; y la segunda de ellas en la persona de la abogada NANCY FISCHER, en su carácter de apoderada judicial de la ciudadana EMILIA BISOGNO FERRER, según diligencia consignada por el Alguacil Temporal de este Juzgado, el 14 de julio del 2005, y desde ese día, exclusive, hasta el día 09 de agosto del presente año, inclusive, transcurrieron diez (10) días de despacho en este Tribunal, para anunciar el recurso de casación, el cual fue anunciado el 1º de dicho mes, es decir, dentro del lapso legal, y que hoy es el primer día de despacho siguiente para pronunciarse sobre el mismo.
El fallo dictado por esta Alzada no se encuentra subsumido en ninguno de los supuestos de hecho previstos en los ordinales del artículo 312 del Código de Procedimiento Civil, pues se trata de una sentencia interlocutoria, que no pone fin a la incidencia surgida en el procedimiento cautelar, razón por la cual el recurso de casación anunciado debe ser declarado inadmisible.
Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en nombre de la República y por autoridad de la Ley DECLARA INADMISIBLE EL ANUNCIO DEL RECURSO DE CASACIÓN, contra la sentencia interlocutoria dictada por este Tribunal en fecha 1º de junio del 2005, que declaró parcialmente con lugar la apelación interpuesta el 07 de marzo del 2003, por la abogada NANCY FISCHER, en su carácter de apoderada judicial de la demandante, EMILIA BISOGNO DE FERRER, contra el auto dictado el 27 de febrero del 2003, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo.
Publíquese y déjese copia.
El Juez Provisorio,
Abog. SANTIAGO MERCADO DIAZ
La Secretaria,
MILAGROS GONZALEZ MORENO