REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PROTECCIÓN LOPNA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA
JUEZ UNIPERSONAL Nº 01
Guanare, 12 de Diciembre de 2005
195° y 146°
Vista exposición formulada por el ciudadano ISAY RUBE RIVERO CEBALLOS, titular de la cédula de identidad Nº 19.758.822, por ante este Despacho en fecha 05 de Diciembre del año en curso, sobre el ejercicio de la GUARDA de la niña ROCIO DEL VALLE GUTIERREZ, de 01 año de edad, donde el padre conviene que la madre ciudadana VIRGINIA DEL VALLE GUTIERREZ continué su ejercicio; por cuanto dicho acuerdo conciliatorio no vulnera los derechos de la niña, el Tribunal le imparte su homologación y le da carácter de cosa juzgada, de acuerdo con los artículos 315 y 317 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.
La Jueza,
Abog. Haydee Rosa Oberto Yépez
La Secretaria Temporal,
Abog. Okarina Colmenarez Tovar
Exp. Civil N° 5919
Amny.-