REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PROTECCIÓN LOPNA
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA
JUEZ UNIPERSONAL Nº 02
Guanare, 06 de diciembre de 2005
195° y 146°
Vista el acuerdo celebrado por los ciudadanos KING CHUN LAI NG y FRANCY COROMOTO ROJAS, extranjero el primero y venezolana la segunda, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad nos: E-81.988.428 y 14.205.131 respectivamente, en cuanto al establecimiento del Régimen de Visitas en beneficio de la niña KIMBERLING COROMOTO LAI ROJAS de 09 años de edad, donde el padre detentará la Guarda de la niña a partir del 28 de diciembre de 2005 hasta agosto de 2006 y acuerda con la madre llevarla los fines de semana al hogar de la abuela materna y por cuanto dicho acuerdo conciliatorio no vulnera los derechos del niño, el Tribunal le imparte su homologación y le da carácter de cosa juzgada, de acuerdo con los artículos 315 y 317 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.
La Jueza Temporal 02,
Abog. Thayrhayr Sáez de Oliveros
La Secretaria,
Abog. Florbelia Urquiola Corona
Exp. Civil N°5954
Carolina E.