REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL




CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA
JUZGADO NOVENO DE CONTROL
194° y 145°

ACTA DE AUDIENCIA ORAL

En el día de hoy, Jueves (01) de Diciembre de 2.005, siendo las Once y Treinta minutos de la mañana (11:30 a.m.), previo lapso de espera para la total comparecencia de las partes, día fijado por este Tribunal de Control para llevarse a efecto la audiencia oral para oír al imputada YOHASKELY QUINTERO, en virtud de la Conclusión de la fase de Investigación solicitada por su defensora Abog. IRENE MENDEZ STURUP, Defensora Pública N° 12 Penal, adscrita a la Unidad de la Defensa Pública del Estado Zulia, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 313 del Código Orgánico Procesal Penal. Verificada la presencia de las partes, se constató que se encuentran presentes, la Abogada IRENE MENDEZ STURUP, Fiscal Novena del Ministerio Público del Estado Zulia y la imputada YOHASKELY QUINTERO. Seguidamente el Fiscal del Ministerio Público, expone: “Solicito de este Tribunal de Control me fije un plazo de treinta (30) días para concluir la investigación y presentar el acto conclusivo en la presente causa. Es todo”. Seguidamente tomo la palabra la Defensora de la imputada YOHASKELY QUINTERO y expuso: “ solicito al tribunal se conmine al Ministerio Publico, a los fines de que se pronuncie en relación al acto conclusivo en la presente causa en virtud que las presentaciones de mi defendida exceden incluso por el tiempo, al tipo penal establecido en el Código Penal por una lesiones menos graves”. Es todo. Seguidamente se le concede la palabra a el imputado en mención, quien manifestó lo siguiente:”Estoy de acuerdo con lo que está pidiendo el Fiscal, es todo”. Acto seguido el Tribunal de Control hace el siguiente pronunciamiento: Vista la exposición fiscal, este Tribunal considera procedente fijarle un plazo de treinta (30) días al Ministerio Público, para que presente su acto conclusivo, bien sea presente acusación, decrete el sobreseimiento o en su defecto archive las actuaciones, contados a partir del día de hoy, y su fecha de vencimiento el 30-12-05. Se deja constancia que se cumplieron con todas las formalidades de ley para la celebración de la presente audiencia, y que las partes quedan notificadas de conformidad con lo establecido en el artículo 175 del Código Orgánico Procesal Penal. Regístrese la presente decisión bajo el N° 1698-05. Se concluyó el acto siendo las once y treinta y nueve de la mañana (11:39 PM.). Es todo. Terminó, se leyó, y conformes firman.
EL JUEZ DE CONTROL,

DR. HUMBERTO CUBILLAN VIVAS.
EL FISCAL (09) DEL M.P.
DR. MARBELYS GONZALEZ

LA DEFENSORA PÚBLICA N° 12,

DR. IRENE MENDEZ STURUP.


LA IMPUTADA,
YOHASKELY QUINTERO.
LA SECRETARIA,

ABOG: NIVIA RINCON.
CAUSA N° 9C-500-04.-
HCV/marian