REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CIVIL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso-Administrativo de la Region Centro Occidental
Barquisimeto, seis de diciembre de dos mil cinco
195º y 146º

ASUNTO: KP02-N-2003-000540
Vista la diligencia suscrita por el ciudadano José Gregorio Soto Linarez, titular de la cédula de identidad Nº 8.068.794, parte recurrente, asistido por el abogado Ranier González Montillas, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 92.289, mediante la cual expone: Me doy por notificado en el presente caso y Desisto del procedimiento, intentado contra la Gobernación del Estado Portuguesa, este Tribunal HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO DE LA PARTE RECURRENTE, le da el carácter de Cosa Juzgada y da por terminado el proceso. Igualmente solicita copia certificada del presente auto, este Tribunal acuerda expedir copia certificada solicitada, de conformidad con lo establecido en el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia expidase la copia certificada de lo solicitado. Archívese oportunamente el expediente. Así se declara, Administrando Justicia, Actuando en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley. L.S. El Juez, (Fdo) Dr. Horacio González Hernández L.S. La Secretaria, (Fdo) Abg. Sarah Franco Castellanos. La suscrita, Secretaria del Juzgado Superior Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, certifica que la presente copia es un traslado fiel y exacto de su original, y se expide por mandato judicial. En Barquisimeto a los 06 días del mes de diciembre del año dos mil cinco (2005). Años: 195º y 146º.
La Secretaria,
Abg. Sarah Franco Castellanos