REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, seis de diciembre de dos mil cinco
195º y 146º
ASUNTO : KP02-S-2005-014908
La ciudadana LILIAN DEL CARMEN MIGUEL JIMENEZ, Venezolana, mayor de edad, de este domicilio, C.I. Nro. 10.775.313, solicitó la rectificación de su ACTA DE NACIMIENTO, en el sentido de que figura el nombre de su madre como DILIA DEL CARMEN siendo lo correcto “AUDILIA DEL CARMEN”. La solicitud se admitió a sustanciación acordándose resolver sumariamente.
Este Tribunal para decidir observa:
UNICO: Con los recaudos acompañados, ha quedado comprobado el error señalado, por lo que este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley ACUERDA dicha rectificación en el sentido que figure el nombre de madre de la solicitante como “ AUDILIA DEL CARMEN”..- En consecuencia ordena a la Jefatura Civil de la Parroquia Juan Bautista Rodríguez de Municipio Jiménez y al Registro Principal del Estado Lara, inserte la nota marginal correspondiente en la Partida de Nacimiento No. 950, folio 478 fte., año 1970. La presente sentencia queda firme en esta misma fecha.
Publíquese y regístrese.
Dado firmado y sellado en la Sala de Despacho de este Tribunal en Barquisimeto a los 06 días del mes de Diciembre de dos mil cinco. Años 195º y 146º.
LA JUEZ, EL SECRETARIO ACC.,
ABG. TANIA PARGAS CANELON. ABG. ROGER JOSE ADAN
Seguidamente se oficio bajo los Nros. 0900-1593 y 1594
TMPC/RJA/sosa.
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