REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO SUPERIOR TERCERO AGRARIO

Barquisimeto, 07 de diciembre del 2005
Años: 195º y 146º

Asunto: KP02-R-2004-001230

Revisadas como han sido las actas procesales que conforman el presente expediente, se observa que la presente causa relacionada con el Juicio Recurso de Nulidad Absoluta de Acto Administrativo contra Carta Agraria acordada por el Instituto Nacional de Tierras (INTI), seguido por la ciudadana YASMIL FELICIA TOVAR ORSINI contra el INSTITUTO NACIONAL DE TIERRAS (INTI) y por cuanto ha transcurrido más de un (01) año como se desprende del cómputo anterior, sin que las partes hayan manifestado interés alguno en la prosecución del presente procedimiento, se hace necesario declarar la Perención de la Causa, de conformidad con lo establecido en el artículo 193 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario. Así se declara. Se ordena notificar a las partes mediante comisión. Líbrense boletas de notificación y oficio.
EL JUEZ,



TOMAS SUAREZ GAVIDIA


LA SECRETARIA,


Abg. BEATRIZ ELENA CORDERO




TSG/BEC/ip.