REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRANSITO, TRABAJO, MARÍTIMO Y BANCARIO. EXTENSIÓN PUERTO CABELLO.
GADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRANSITO Y BANCARIO DEL MUNICIPIO PUERTO CABELLO.
Puerto Cabello, 20 de Diciembre de 2005.
195° y 146°
Vista la decisión dictada por este Tribunal en fecha 14/04/2005, inserta a los folios 5 al 6, y por cuanto consta en autos la notificación de la parte actora, (f.8) y hasta la presente fecha han transcurrido más de cinco (5) días de despacho, de la siguiente manera: MES DE DICIEMBRE: Jueves: 08/12/2005; Viernes: 09/12/2005; Lunes: 12/12/2005; Martes: 13/12/2005; Miércoles: 14/12/2005, Jueves: 15/12/2005; Lunes: 19/12/2005 y Martes: 20/12/2005, termino dado para intentar la apelación de conformidad con el artículo 298 del Código de Procedimiento Civil, sin que la parte perdidosa compareciera a ejercer dicho recurso de apelación, es por lo que se acuerda dar por terminado el presente juicio y se ordena el archivo del presente expediente.
El Juez Temporal,
Dr. RAFAEL E. PADRON H.
La Secretaria,
Abog. MERCEDES MEZONES.
En la misma fecha se archivó el presente expediente constante de Diez (10) folios útiles la pieza principal y constante de Dieciséis (16) folios útiles el cuaderno de medidas.-.
La Secretaria,
Abog. MERCEDES MEZONES.