REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo.

Valencia, 15 de Diciembre del año dos mil cinco
195º y 146º

SENTENCIA


EXPEDIENTE: GP02-L-2004-001750
PARTE ACTORA: JOSE GREGORIO GARCIA VITRIAGO
PARTE DEMANDADA: GUARDIANES PARAMACONI C.A.
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES

Vista la diligencia de fecha 09 de Diciembre del año 2005, presentada por el ciudadano JOSE GREGORIO GARCIA VITRIAGO, plenamente identificad en autos asistido por el Procurador Especial de Trabajadores DANNY LINARES, inscrito en el inpreabogado bajo el número 89.161, mediante la cual solicita del tribunal que homologue el pago realizado por la empresa demandada GUARDIANES PARAMACONI C.A., representada por el apoderado Judicial, abogado ALEJANDRO AMARAL GOMEZ, inscrito en el Inpreabogado N.° 48.111 y que riela a los folios 28 vuelto y 29 del Expediente.

El Tribunal de la causa, con vista al pago realizado y suscrito entre las partes y por no ser contrario a derecho y no viola precepto legal alguno, es por lo que este TRIBUNAL SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO LO HOMOLOGA EN LOS TERMINOS ACORDADO POR LAS PARTES, DANDOLE EFECTO DE COSA JUZGADA. Se ordena librar oficio a los fines del cierre del expediente y su custodia.
EL JUEZ


ABG. JOSE DARIO CASTILLO S.



LA SECRETARIA

ABG. ASTRID GONZALEZ

En la misma fecha se cumplió con lo ordenado.

La Secretaria