REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR PRIMERO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO
ACTA
AUDIENCIA ORAL, PÚBLICA Y CONTRADICTORIA
FIJADA PARA EL DIA DE HOY,
MARTES VEINTE (20) DE DICIEMBRE DEL AÑO 2005
AÑOS 195º Y 146º
Se abrió la sesión presidida por la ciudadana Juez HILEN DAHER DE LUCENA, con la asistencia de la Secretaria del Tribunal Abogada ANMARIELLY HENRÍQUEZ RODRÍGUEZ y el Alguacil Sr. ANGEL BONETT.
Constituido el Tribunal en el Despacho del Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, a las diez de la mañana (10:00 a.m.), a los fines de que tuviese lugar la audiencia prevista en el artículo 163 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, donde las partes deberán formular sus alegatos y defensas oralmente, de manera pública y contradictoria, en relación con el recurso de apelación interpuesto por la representación judicial de la parte actora abogada CELIA MARIA FERNANDEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 42.216, contra la decisión dictada en fecha 11 de Febrero del año 2005, por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en el juicio que por Accidente de Trabajo sigue la ciudadana ANILDA COROMOTO HERNANDEZ, contra la sociedad de comercio TRANSPORTE PRIVADO “AMERICA, C.A.”
Se dio apertura al acto y se deja constancia de la presencia en este acto del abogado IVAN RAFAEL FARFAN FARFAN, Apoderado Judicial de la parte actora, quien se identificó con el número de Inpreabogado 106.107, parte apelante. Igualmente se deja constancia de que la parte Demandada no compareció ni por si ni por medio de Apoderado alguno que la representara.
Seguidamente la ciudadana Juez HILEN DAHER DE LUCENA, interviene acotando los puntos sobre los cuales versa la presente apelación. A continuación se le otorga el derecho de palabra a la parte Actora recurrente; quien expuso las razones que a su juicio justifican la apelación del fallo recurrido. Concluida su exposición, la ciudadana Juez HILEN DAHER DE LUCENA, intervino hace varias acotaciones y formuló preguntas.
El Tribunal, siendo las 10:30 a.m., se reserva un lapso de 60 minutos para proceder a dictar el dispositivo del fallo, de conformidad con el artículo 165 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Siendo las 11:00 a.m., este Tribunal Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, pasa a decidir en forma oral e inmediata el presente recurso, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo Declara: CON LUGAR, el recurso de apelación ejercido por la parte actora; Queda en estos términos revocada la sentencia recurrida; Se ordena la reposición de la causa al estado de dictar sentencia sobre el fondo de la causa; No hay condena en costas dada la naturaleza del fallo.
Se ordena agregar al expediente C.D. de grabación del presente acto. Siendo las 11:00 de la mañana se declara que ha concluido el acto y con éste la presente audiencia. De conformidad con el artículo 165 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, el Tribunal se reserva el lapso legal para publicar el texto del íntegro de la decisión.
Se retira la ciudadana Juez y se ordena la publicación de la presente Acta. Es todo, término, se leyó y conformes firman,
HILEN DAHER DE LUCENA.
JUEZ
EL APODERADO ACTOR,
ANMARIELLY HENRÍQUEZ RODRÍGUEZ
SECRETARIA,
Exp. No. GP02-R-2005-000785
Recurso de Apelación
Anmarielly Henríquez
|