REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
MARÍA ENMA LEÓN MONTESINOS
CARACAS DIECINUEVE (19) DE ENERO DE 2005
Años 194° y 145°
En fecha 8 de octubre de 2004 se recibió en la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD) de las Cortes de lo Contencioso Administrativo el Oficio N° 998-04 de fecha 2 julio de 2004, emanado del Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, anexo al cual remitió el expediente contentivo del recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por los abogados José Agustín Ibarra, Pedro José Durán Nieto, Ylse Cárdenas y José Martín Labrador, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros. 56.464, 74.999, 78.959 y 64.944, respectivamente, en su carácter de apoderados judiciales de la ciudadana JAQUELINE COROMOTO MENDOZA VALLES, titular de la cédula de identidad N° 5.889.212, contra el auto de homologación de la transacción laboral llevada por ante LA INSPECTORÍA DEL TRABAJO DEL ESTADO LARA, entre la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO IRIBARREN DEL ESTADO LARA y la prenombrada ciudadana.
Tal remisión se efectuó en virtud de la declinatoria de competencia realizada en fecha 8 de marzo de 2004, por el referido Juzgado a la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo para conocer sobre el recurso de nulidad interpuesto.
Previa distribución de la causa, en fecha 7 de octubre de 2004, se dio cuenta a la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo, y se designó ponente a la Jueza María Enma León Montesinos.
En esa misma fecha, se pasó el presente expediente a la Jueza Ponente.
Realizado el estudio individual de las actas procesales que conforman el presente expediente, pasa esta Corte a dictar sentencia previa las siguientes consideraciones:
I
En aras de una tutela judicial efectiva y con la finalidad de que esta Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo realice un pronunciamiento ajustado a derecho en la presente causa, se solicita a los apoderados judiciales de la ciudadana JAQUELINE COROMOTO MENDOZA VALLES, antes identificada, copia certificada del auto de homologación de la transacción realizada entre la Alcaldía del Municipio Iribarren del Estado Lara y la prenombrada ciudadana, dictada por la Inspectoría del Trabajo del Estado Lara, la cual es indispensable para que este Órgano Jurisdiccional pueda realizar un pronunciamiento adecuado con respecto al caso de autos, toda vez que no consta en autos dicho recaudo.
Dicha documentación tendrá que ser remitida dentro de un lapso de cinco (5) días de despacho, más el término de distancia, contados a partir de que conste en autos la notificación del presente auto una vez practicada, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 21, aparte 13, de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia de la República Bolivariana de Venezuela.
II
Con base en las consideraciones anteriormente expuestas, esta Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo, ordena notificar a los abogados José Agustín Ibarra, Pedro José Duran Nieto Ylse Cárdenas y José Martín Labrador, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros. 56.464, 74.999, 78.959 y 64.944, respectivamente, en su carácter de apoderados judiciales de la ciudadana JAQUELINE COROMOTO MENDOZA VALLES, titular de la cédula de identidad N° 5.889.212, para que dentro del lapso establecido den cumplimiento a lo solicitado. En consecuencia, y de conformidad con lo establecido en el artículo 234 del Código de Procedimiento Civil aplicable por remisión del artículo 19 primer aparte de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia de la República Bolivariana de Venezuela, se comisiona al Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental para la realización de la notificación de los apoderados judiciales de la parte recurrente en el siguiente domicilio procesal: carrera 16 entre calles 26 y 27, Edificio Estrados, piso 1, oficinas 11 y 12, Barquisimeto, Estado Lara, ello sin perjuicio de que pueda subcomisionar a un Juez de inferior jerarquía para que efectúe la aludida comisión, de conformidad con lo preceptuado en el artículo 236 del mismo Código.
Publíquese, regístrese y, notifíquese. Cúmplase lo ordenado.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Sesiones de la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo, en Caracas, a los diecinueve (19) días del mes de enero de dos mil cinco (2005). Años 194° de la Independencia y 145° de la Federación.
La Presidenta,
MARÍA ENMA LEÓN MONTESINOS
Ponente
El Vicepresidente,
JESÚS DAVID ROJAS HERNÁNDEZ
La Jueza,
BETTY JOSEFINA TORRES DÍAZ
La Secretaria,
JENNIS CASTILLO HERNÁNDEZ
MELM/007
Exp. N° AP42 –N-2004-000749
Decisión n° 2005-00030