REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial Penal del Estado Lara Sección Adolescente
Barquisimeto, 17 de Enero de 2005
AÑOS: 194º y 145º

ASUNTO: KV01-D-2002-000009

AUTO DE CESACION DE MEDIDA POR MUERTE
DEL SANCIONADO


En fecha 23 de septiembre de 2004, se dictó Auto de Ejecución de la sentencia dictada el 12 de agosto de 2004, por el Tribunal de Primera Instancia en Función de Control No. 01 de la Sección de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en contra del adolescente Identidad Omitida; y mediante la cual se condenó a cumplir las medidas de Imposición de Reglas de Conducta y Servicios a la Comunidad, por la comisión de los delitos de Porte Ilícito de Arma de Fuego y Robo en la modalidad de Arrebatón, previstos y sancionados en los artículos 278 y 458 único aparte del código penal, respectivamente. Hecho ocurrido el día 25 de agosto de 2004 en perjuicio de la ciudadana ZENAIDA MONTIEL MORA.

Ahora bien, fijada la audiencia de Imposición de Auto de ejecución, hubo de diferirse por inasistencia del sancionado, para el día 21 de noviembre de 2004. Y el día 19 de noviembre de 2004 se recibió comunicación de la Defensora Pública MARIA ALEJANDRA MANCEBO, consignando al Tribunal recorte de prensa del diario El Impulso que reseñaba la muerte de Luis Alberto Peña.

En ese mismo orden de ideas, a instancia del Tribunal el día 11 de enero de 2005, se recibió Certificado de Defunción N° 2950 de fecha 18-11-04, emanada del Ministerio de Salud y Desarrollo Social, Dirección General de Epidemiología y Análisis Estratégico; la cual corresponde al adolescente Identidad Omitida, quien falleció el 18 de noviembre de 2004.

Por lo que se está en presencia de una de las causas de extinción de la sanción penal tal como lo prevé el primer aparte del Artículo 103, único aparte del Código Penal, en concordancia con el artículo 645 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, por aplicación extensiva, y así se declara.

DECISIÓN

Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley decreta la cesación definitiva de las medidas de Imposición de Reglas de Conducta y Servicios a la Comunidad, impuestas al adolescente Identidad Omitida; por la comisión de los delitos de Porte Ilícito de Arma de Fuego y Robo en la modalidad de Arrebatón, previstos y sancionados en los artículos 278 y 458 único aparte del código penal, respectivamente, en perjuicio de la ciudadana ZENAIDA MONTIEL MORA. En virtud de la extinción de la responsabilidad penal por muerte del sancionado. Notifíquese a las partes.
Regístrese y publíquese.

La Juez de ejecución,


Abog. AURA OTTAMENDI
La Secretaria,


Abog. LINA RODRIGUEZ.