REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, diez de enero de dos mil cinco
194º y 145º
ASUNTO : KP02-F-2004-000644
La Ciudadana CARLA BELEN HERNANDEZ FERNANDEZ, Venezolana, mayor de edad, de este domicilio, Titular de la Cédula de Identidad No. 11.598.160, manifestó estar separada de su cónyuge LUIS EDUARDO AGÜERO ALVARADO, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, con Cédula de Identidad Nº 4.070.631, desde hace más de cinco (5) años, por lo que solicita el divorcio. Acompañó acta de matrimonio. Admitida la solicitud el 29 de Julio de 2004, se acordó la citación la cual fue lograda en forma personal. Se notificó la Fiscal Decimoquinto del Ministerio Público, quién consignó escrito.
Este Tribunal para decidir observa:
UNICO: Cumplidos los requisitos del Artículo 185-A del Código Civil, este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara DISUELTO el vínculo que contrajeran los ciudadanos CARLA BELEN HERNANDEZ FERNANDEZ y LUIS EDUARDO AGÜERO ALVARADO, ya identificados, por ante la Jefatura Civil de la Parroquia Catedral, Municipio Iribarren del Estado Lara, en fecha 20 de Julio de 1996. De dicha unión matrimonial no procrearon hijos. Ofíciese a la Jefatura Civil y al Registro Civil. La presente sentencia queda firme en su misma fecha.
Publíquese y Regístrese.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. En Barquisimeto, a los diez dias del mes de Enero de dos mil cinco. Años: 194º de la Independencia y 145º de la Federación.
La Juez
Abog. Patricia Cabrera Manfredi
La Secretaria acc,
Abg. María M. Medina
PCM/MMM/ij.
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