REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, diez de enero de dos mil cinco
194º y 145º
ASUNTO : KP02-F-2004-001100
Visto el escrito de SEPARACIÓN DE CUERPOS, presentada por mutuo acuerdo entre los ciudadanos GEOVANNY URBINA ORTIZ y MARBELYS JOSEFINA ROMERO FIGUEROA, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, portadores de las Cédulas de Identidad Nros. 14.149.298 y 13.083.609 respectivamente; este Tribunal administrando Justicia, obrando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA dicha separación por estar fundamentada en causa legal. Notifiquese al Fiscal del Ministerio Público del Estado Lara. Fórmese expediente bajo el N° KP02-F-2004-001100 . Líbrese boleta.
La Juez, La Secretaria ACC,
Abog. Patricia Cabrera Manfredi Abog. Maria Milagros Medina.
Seguidamente se libró Boleta a la Fiscal de Familia.
PCM/MMM/jysp.
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