REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transitode la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, 25 de enero de dos mil cinco
194º y 145º

ASUNTO : KP02-M-2004-000530
Revisadas como han sido las presentes actuaciones y habida consideración que efectivamente ha transcurrido el lapso previsto en el decreto intimatorio sin que la parte demandada haya efectuado oposición al mismo, en consecuencia, se deja firme el decreto intimatorio en el presente juicio de Cobro de Bolívares, procedimiento intimatorio, intentado por el ciudadano CARLOS JULIO FERNANDEZ MARTINEZ, contra el ciudadano DIMAS SEGUNDO BARRETO D., téngase el mismo como sentencia pasada con autoridad de cosa Juzgada entre las partes. Así mismo, se le concede a la parte demandada, OCHO días de despacho contados a partir del día de despacho siguiente a la presente fecha, para que cumpla voluntariamente con el pago de lo establecido en el decreto intimatorio, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 524 del Código de Procedimiento Civil Venezolano vigente.
El Juez


Dr. Julio César Flores Morillo
La Secretaria


Ivonnet Hernández



dc