REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO TORRES

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO TORRES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO LARA. CARORA 12 DE ENERO DEL AÑO 2.005 AÑOS. 194 º Y 145º


Visto el Despacho de Comisión,, enviado del Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, con oficio Nº 836-2.004, de fecha 20 de Diciembre del año 2.004, causa Nº 6999-04, seguida por el ciudadano, Leobardo Anselmo Suárez contra el ciudadano Freddy Ramón Viloria Leal Motivo: Cobro de Bolívares (Vía Ejecutiva) para los fines de practicar Medida de Embargo Preventivo, tal como lo indica el Despacho de Comisión. Al efecto désele entrada y cúmplase la comisión conferida. Fíjese hora y fecha en su oportunidad. Nómbrese y juramentese perito y depositaria judicial. Trasládese y constituyase el Tribunal en el sitio que indique la parte actora. Hágase las anotaciones correspondientes y una vez cumplida desvuélvase con sus resultas al comitente.


LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL


ABG. BLANCA PATRICIA OTERO NIETO.
EL SECRETARIO


ABG. HUGO ENRIQUE CARRASCO. O


Conforme esta acordado, en esta misma fecha se le da entrada en el Libro de Comisiones llevado por este Despacho bajo el Nº 643/ 2.005.


EL SECRETARIO


ABG. HUGO ENRIQUE CARRASCO. O


BPON/ HECO/ fa
EXP Nº 643/ 2005 .