En horas de despacho del día de hoy Treinta y Uno (31) de Enero del año Dos Mil Cinco (2005), siendo las 1130 a.m., se traslada y constituye el Juzgado Segundo Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, a cargo de la Juez abogada Lucia D'Angelo y su Secretaria Yasmila Faria, en la sede de un inmueble constituido por un local comercial, donde funciona un Centro Hípico, cuya denominación aparece en la entrada “El Costalero C.A”., ubicado en el callejón Peña Pérez, sin numero, sector la Ceiba, Jurisdicción del Municipio Valencia del Estado Carabobo, en compañía del a abogada Dina Miliery Primera, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 79.103, apoderada judicial de la parte actora, a fin de dar fiel y estricto cumplimiento al mandamiento de ejecución emanado del Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del régimen Procesal Transitorio del Estado Carabobo, en el cual ordeno medida de embargo ejecutivo, con motivo del juicio seguido por la ciudadana Margoth Romero, mediante apoderada judicial, contra la sociedad mercantil El Costal Club C.A. Acto seguido el Tribunal notifica de la misión a cumplir al ciudadano: Edgar Lago Camacho, titular de la cédula de identidad N° 7.002.620, quien manifiesta desempeñarse como presidente de la empresa “El Costalero C.A.”, solicito un lapso de quince (15) minutos para hacerse asistir de un abogado ,el Tribunal concede el lapso solicitado. Seguidamente hace acto de presencia el abogado en ejercicio Pedro Manuel Caminero, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 18.640, a fin de asistir al ciudadano Edgar Lago Camacho quien expone: Quiero consignar copia del Registro Mercantil de la empresa “El Costalero C.A.”, donde se encuentra constituido el Juzgado Segundo Ejecutor y consigno copia fotostática del Registro Mercantil de la empresa antes mencionada y deja constancia que la empresa que funciona actualmente no tiene ningún tipo de relación con la empresa demandada, es todo.” Seguidamente interviene la abogada Actora y expone: “Insisto en la reclamación de los derechos laborales de la trabajadora demandante ciudadana Margota Romero, es todo”. Acto seguido el Tribunal acuerda agregar a las presentes actuaciones las fotocopias simples consignadas, acuerda remitir las presentes actuaciones al comitente, da por concluido el acto, en virtud de la consignación realizada por el representante de la empresa “El Costalero C.A., el Tribunal se abstiene de practicar la medida ordenada en virtud de lo expuesto en la presente acta y acuerda someter al conocimiento del Tribunal de la causa. Es todo. Termino, se leyó y conformes firman.
La Juez Temporal
(Firma Ilegible)
Abog. Lucia D’Angelo.

Abogada Actora
(Firma Ilegible)
El Notificado
(Firma Ilegible)

Abogado Asistente
(Firma Ilegible)



La Secretaria
(Firma Ilegible)
Abogada Yasmila Faria.