Quien suscribe Abogado YULIMAR FONSECA GONZALEZ, Secretaria titular del JUZGADO TERCERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, SAN DIEGO, NAGUAGUNGUA Y CARLOS ARVELO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, hace constar que el acta que a continuación se transcribe, es copia fiel y exacta de su original que corre inserto en la Comisión Nro. 2.102, de la nomenclatura archivar de este Tribunal. En el día de hoy 14 de enero de 2005, siendo las 11:00 de la mañana, se trasladó y constituyo el Juzgado Tercero Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, San Diego, Naguanagua y Carlos Arvelo del Estado Carabobo, a cargo de la JUEZ PROVISORIO DOCTORA MAURICIA GONZÁLEZ, y la Secretaria Titular Abogada YULIMAR FONSECA, en compañía de la parte actora ciudadano RICARDO QUEVEDO, venezolano y titular de la cédula de identidad Nro. 3.302.686, asistido por el Abogado OSCAR GAVIDIA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 34.912, en el Inmueble ubicado en la Urbanización Sabana Larga, Residencias Cristal 1, piso 1, apartamento 1-4, Valencia Estado Carabobo. Seguidamente el Tribunal procede a notificar a la ciudadana CARMEN GISELA TOVAR TOVAR, venezolana y titular de la cédula de Identidad nro. 11.686.354, la cual quedo impuesta de la misión a cumplir por el Tribunal decretada por el JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCIÒN JUDICIAL DE LA REGION CENTRO NORTE, expediente Nro. 8726. Seguidamente el Tribunal le notifica a la ciudadana CARMEN GISELA TOVAR TOVAR, ya identificada, que según sentencia de fecha 01 de diciembre de 2003, en donde la misma no dio cumplimiento voluntario del fallo, el Tribunal decreto ejecución forzosa y le ordena restituir en el ejercicio pleno de sus funciones laborales al querellante con el goce del salario y prerrogativas inherentes al cargo. Acto seguido la ciudadana CARMEN GISELA TOVAR TOVAR, titular de la cédula de identidad Nro. 11.686.354, expone: Si acatamos la decisión del Tribunal de la cusa y se toma el día de hoy como día laborable, de igual al trabajador deberá presentarse el día lunes 17 de enero de 2005, en la dirección donde se encuentra constituido el Tribunal. Seguidamente la parte actora y su Abogado asistente, ya identificados exponen: para garantizar la asistencia del trabajador a sus labores habituales a partir del lunes 17 de enero del año en curso solicito a la ciudadana GISELA TOVAR, en su carácter de querellada en el presente procedimiento que abra al efecto una constancia firmada por ella para demostrar la asistencia a sus labores habituales, del trabajador y ala constancia quede en manos del mismo para efectos posteriores. Seguidamente la notificada ciudadana CARMEN GISELA TOVAR, ya identificada expone: Si efectivamente en el día de hoy y en lo sucesivos se le entrega al trabajador constancia de asistencia al trabajo. Seguidamente el Tribunal visto el cumplimiento de la obligación realizada por la parte querellada, lo acuerda por estar ajustado a derecho, declara cumplida su misión, ordena se remitan las actuaciones, a su Tribunal de causa y que el mismo regrese a su sede, siendo las 12:00 del mediodía, es todo , termino, se leyó y conformes firman. Lo enmendado (17) “vale” La Juez Provisorio Doctora Mauricia González (Fdo); La Notificada (Fdo); Parte Actora y Abogado Asistente (Fdo); y La Secretaria Abog. Yulimar Fonseca. (Fdo).
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