Quien suscribe abogado YULIMAR FONSECA GONZÁLEZ, SECRETARIA TITULAR DEL JUZGADO TERCERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, SAN DIEGO, NAGUANAGUA Y CARLOS ARVELO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, hace constar que el acta que a continuación se transcribe, es copia fiel y exacta de su original que corre inserto en la Comisión Nro. 2.145 de la nomenclatura llevada por éste Tribunal: En el día de hoy 24 de enero de 2005, siendo la 1:00 de la tarde, se trasladó y constituyó el JUZGADO TERCERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, SAN DIEGO, NAGUANAGUA, Y CARLOS ARVELO DEL ESTADO CARABOBO, a cargo de la Juez Provisorio Doctora MAURICIA GONZÁLEZ, y la Secretaria Titular Abogado YULIMAR FONSECA, en compañía de la parte actora Abogada DILCIA KATIELA LOPEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 61.562, en el inmueble objeto de la medida ubicado en el Edificio C, Grupo 3, primer piso, apartamento Nro. 4, Urbanización Michelena, parroquia San Blas, Municipio Valencia Estado Carabobo. Seguidamente el Tribunal procede a notificar a la ciudadana ANA INES GERARDO CUMARE, venezolana y titular de la cédula de identidad Nro. 5.370.811, la cual quedo impuesta de la misión a cumplir decretada por el JUZGADO SEPTIMO DE LOS MUNICIPIOS DEL ESTADO CARABOBO, expediente Nro. 0810. Seguidamente la parte actora Abogada DILCIA LOPEZ, IPSA Nro. 61.562 expone: Solicito al Tribunal designe Depositaria Judicial y perito avaluador a los fines de ley. Seguidamente el Tribunal designa Depositaria Judicial a la Firma Mercantil Depositaria Judicial Venezuela, C. A. en la persona de su representante legal ciudadano JOSE MANUEL D´ LIMA, cédula de identidad Nro. 15.397.502 y como perito avaluador al ciudadano JOSE FONSECA, cédula de identidad Nro. 8.658.596, quienes estando presente aceptaron el cargo y prestaron juramento de ley. Seguidamente la parte actora ciudadana Abogada DILCIA KATIELA LOPEZ, IPSA Nro. 61.562, expone: Señalo al Tribunal para ser SECUESTRADO el inmueble constituido por un apartamento distinguido con el N° 4, ubicado en el edificio C, Grupo 3, primer piso, situado en la Urbanización Michelena, parroquia San Blas, Municipio Valencia Estado Carabobo. Seguidamente este Tribunal Tercero Ejecutor de medidas actuando por comisión en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA declara SECUESTRADO el inmueble constituido por un apartamento distinguido con el Nro. 4, ubicado en el Edificio C, grupo 3, primer piso, situado en la Urbanización Michelena, parroquia San Blas, Municipio Valencia Estado Carabobo, y lo deja bajo la guarda custodia de la Depositaria Judicial designada, tal y como fue acordado por el Tribunal de la causa. Seguidamente la notificada demandada ANA INES GERARDO CUMARE, cédula de identidad Nro. 5.370.811 expone: manifiesto al al Tribunal que en este acto procedo a trasladar todos mis bienes muebles y enseres personales a mi entera cuenta y riesgo a casa de un familiar ubicado en la Urbanización Michelena, calle 88, Casa Nro 12, Valencia Estado Carabobo, así mismo indico al Tribunal que le realice una serie de mejoras al apartamento tales como rejas de balcón, puerta, cerradura, pintura, sala de baño, batea, lo cual solicito a la demandada sean reconocidas posteriormente. Seguidamente el Tribunal deja constancia que durante el lapso que duro la practica de la medida no se causaron lesiones a persona alguna ni a bienes materiales declarando cumplida su misión, ordenado se remitan las actuaciones a su Tribunal de causa y que el mismo regrese a su sede siendo las 3:00 de la tarde, Es todo, termino, se leyó y conformes firman. La Juez Doctora Mauricia González Vallés (Fdo); La notificada; (Fdo); Parte Actora (Fdo); Depositaria (Fdo); Perito (Fdo); La Secretaria Abog. Yulimar Fonseca (Fdo)…………….......................
Otro si, Seguidamente la parte actora abogada DILCIA LOPEZ. IPSA Nro. 61.562 expone: me reservo el derecho de señalar bienes para ser EMBARGADOS PREVENTIVAMENTE propiedad de la demandada hasta cubrir el monto decretado por el Tribunal de la causa. Es todo, el Tribunal declara cumplida su misión, Es todo, termino, se leyó y conformes firman. La Juez Doctora Mauricia González Vallés (Fdo); La notificada; (Fdo); Parte Actora (Fdo); Depositaria (Fdo); Perito (Fdo); La Secretaria Abog. Yulimar Fonseca (Fdo).
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