REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO CARABOBO
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE CONTROL
Valencia, 22 de Enero de 2005
Años 194º y 145º
ASUNTO : GJ01-P-2001-000153
DEFENSA: REINA LEAL
FISCAL: CUARTO DEL MINISTERIO pUBLICO.
IMPUTADO: JOSE REFAEL PEREZ
DECISIÓN:ARCHIVO JUDICIAL
Base Legal: artículo 313 del Código Orgánico Procesal Penal.
Quien suscribe , la jueza en funcinoes de control de esta Jurisdicción Penal del Estado Carabobo, una vez revisada el acta que se realizo por ante este tribunal el dia 1 de Julio del año dos mil cuatro, donde una vez constituido el tribunal la jueza a quo, acordo un plazo de noventa dias contados a partir de esa fecha a los fines de que el ministerio publico presentara acto conclusivo, en la presente actuación dende se incuentra incurso l ciudadano: JOSE RAFAEL PEREZ.
Visto y revisada exhaustivamente la actuación que se sigue en contra del referido imputado , quien es Venezolano Mayor de dad de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad N°,7.018.515 domiciliado, actualmente en El Barrio Bello Monte 1, avenida circunvalación Residencia el Socorro casa sin numero Vaelcnia Estado Carabobo. por el delito de IOLACIÓN EN GRADO DE TENTATIVA Y LESIONES PERSONALES MENOS GRAVES, presentado ante este despacho por la defensa pública Abg REINA LEAL, adscrita la defensa publica ; como quiera que al Ministerio Público se le concedió un plazo de noventa (90) días en fecha 1 de Julio del año dos mil cuatro y hasta la presente no existe pronunciamiento alguno. Este Tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, pasa a decidir:
PRIMERO: Decreta el Archivo de las actuaciones; por cuanto el fiscal cuarto Ministerio Público no ha presentado Acusación, no ha solicitado el Sobreseimiento de la Causa, ni ha realizado cualquier otro acto en la presente actuación . Se le ha vencido el lapso prudencial que se le acordó. SEGUNDO: Ordena que cesen las medidas cautelares que le fuesen impuestas en dicha oportunidad.
TERCERO: Ordena librar los oficios correspondientes conducentes a la Suspensión de las Medidas, tanto a la Oficina de Alguacilazgo como a los Organismos Policiales.
CUARTO: Ordena sean notificadas las partes; y en especial a la victima quien podrá solicitar la reapertura de dicha investigación si posee nuevos elementos que así se compruebe; y previa revisión del juez.. Guardese copia certificada de la presente decisión..
LA JuezA
El Secretario
Abg. Ilvia Samuel Escalona
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