REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES SALA UNO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO CARABOBO
Corte de Apelaciones
SALA I
Valencia, 19 de Enero de 2005
Años 194º y 145º
ASUNTO : GP01-R-2004-000288
PONENTE: MARÍA ARELLANO BELANDRIA
Recibida en el día de hoy, la certificación solicitada al Tribunal a quo sobre días hábiles transcurridos en ese despacho, se ordena agregar a los autos y de seguidas procede a resolver sobre la admisibilidad del recurso, en suspenso esperando el recaudo señalado.
El 02-12-2004 ingresó a esta Sala la presente causa, en virtud, de la apelación interpuesta por la Defensora Pública María Gabriela Segovia Ortega, a favor del acusado GERARDO AUGUSTO SILVA LIENDO en contra de la sentencia condenatoria por los delitos de robo agravado, actos lascivos y porte ilícito de arma de fuego, dictada por la Juez de Juicio Unipersonal Marianela Hernández Jiménez, el 11 de octubre de 2004.
Habiendo sido presentado el recurso el día 02-11-2004, séptimo día hábil para su interposición, el Tribunal a quo ordenó la remisión del expediente a esta Corte de Apelaciones el 15-11-2004, es decir, una vez concluido el lapso para dar contestación a la apelación ejercida.
Cumplidos los trámites del procedimiento, esta Sala verifica el cumplimiento de los requisitos formales del recurso previstos en el artículo 437 del Código Orgánico Procesal Penal y observa: que la recurrente está legitimada para ejercerlo, por su condición de Defensora del acusado; la presentación en tiempo útil, al establecer que la dispositiva del fallo fue leída el 30-09-2004; la publicación del texto íntegro el 11-10-2004, séptimo día hábil siguiente y la impugnación data del 02-11-2004, séptimo día hábil siguiente; tomando en consideración que del 25 al 29 de octubre de 2004, no hubo despacho y; finalmente la ley concede expresamente el recurso de apelación en contra de la decisión judicial de autos; por consiguiente, llenos los extremos de ley SE ADMITE la impugnación a tenor de lo dispuesto en el artículo 455 eiusdem y se fija la audiencia oral ordenada en la citada norma para el 26 de enero de 2005 a las once (11) horas de la mañana.
DECISIÓN
En razón de las anteriores consideraciones esta Sala 1 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley:
PRIMERO: ADMITE EL RECURSO DE APELACIÓN presentado por la Defensora Pública María Gabriela Segovia Ortega, a favor del acusado GERARDO AUGUSTO SILVA LIENDO en contra de la sentencia condenatoria por los delitos de robo agravado, actos lascivos y porte ilícito de arma de fuego, dictada por la Juez de Juicio Unipersonal Marianela Hernández Jiménez, el 11 de octubre de 2004.
SEGUNDO: Fija la audiencia oral ordenada en el artículo 455 del Código Orgánico Procesal Penla para el 26 de enero de 2005 a las once (11) horas de la mañana..
Publíquese, regístrese, notifíquese.
JUECES
MARIA ARELLANO BELANDRIA
ATTAWAY MARCANO RUIZ OCTAVIO ULISES LEAL BARRIOS
EL SECRETARIO
LUIS EDUARDO PASSAMAI