REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA






JUZGADO SUPERIOR PRIMERO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO

ACTA

AUDIENCIA ORAL, PÚBLICA Y CONTRADICTORIA
FIJADA PARA EL DIA DE HOY,
MARTES ONCE (11) DE ENERO DE 2005
AÑOS 194º Y 145º

Se abrió la sesión presidida por la ciudadana Juez HILEN DAHER DE LUCENA, con la asistencia de la Secretaria del Tribunal Abogada ANTONIETA RAMOS REYNA y el Alguacil Sr. JAVIER ALCALA.

Constituido el Tribunal en el Despacho del Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, a las diez de la mañana (10:00 a.m.), a los fines de que tuviese lugar la audiencia prevista en el artículo 163 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, donde las partes deberán formular sus alegatos y defensas oralmente, de manera pública y contradictoria, en relación con el recurso de apelación interpuesto por la parte actora RAMON JOSE VARGAS, por intermedio de su apoderado judicial Abogado ENRIQUE JOSE VALERA; contra la decisión de fecha 27 de febrero del año 2004, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Régimen Procesal Transitorio de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en el juicio que por Calificación de Despido sigue el ciudadano RAMON JOSE VARGAS contra la Sociedad de Comercio DISTRIBUIDORA AGRICOLA NACIONAL C.A. Se dio apertura al acto y se deja constancia de la presencia en este acto del ciudadano Actor RAMON JOEL VARGAS RAMOS y su representante judicial Abogado ENRIQUE JOSE VALERA, quienes se identificaron el primero con el número de cédula de identidad 1.769.569 y el segundo con el número de Inpreabogado 54.749, parte apelante. Igualmente se deja constancia que la parte accionada no se encuentra presente ni por si ni por intermedio de apoderado judicial que lo representare. Seguidamente la ciudadana Juez HILEN DAHER DE LUCENA, interviene acotando los puntos sobre los cuales versa la presente apelación. A continuación se le otorga el derecho de palabra a la parte Actora recurrente; quien expuso las razones y alegatos que a su juicio justifican la apelación del fallo recurrido. Concluida su exposición, la ciudadana Juez HILEN DAHER DE LUCENA, intervino haciendo algunas acotaciones y formuló preguntas. En este estado, siendo las 10:30 de la mañana, el Tribunal se retiró a deliberar en un lapso no mayor de sesenta (60) minutos. Finalizada la deliberación del presente asunto, siendo la 11:00 de la mañana, previo anuncio del Alguacil en la Sala de Despacho. Acto seguido la ciudadana Juez leyó la decisión, la cual es del siguiente tenor. En virtud de las razones antes expuestas, este Tribunal Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo declara: SIN LUGAR la demanda que por calificación de despido incoare el ciudadano RAMÓN JOEL VARGAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 1.769.569, contra la sociedad de comercio DISTRIBUIDORA AGRÍCOLA NACIONAL, C.A., inscrita por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en fecha 23 de Agosto de 1978 , bajo el No. 25, Tomo 64-C.- Se declara SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por la parte actora. Queda en estos TÉRMINOS CONFIRMADA la sentencia recurrida. Se exime de COSTAS al accionante, por no ser pasibles de tal condena, quienes perciban una remuneración inferior al triple del salario mínimo decretado por el Ejecutivo Nacional. Esta decisión deja a salvo eventuales derechos que pudieren corresponderle al trabajador reclamante.
Se ordena agregar al expediente C.D. de grabación del presente acto conforme a lo dispuesto en el artículo 166 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo
Se declara que ha concluido el acto y con éste la presente audiencia. De conformidad con el artículo 165 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se ordena la publicación del fallo dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes.
Se retira la ciudadana Juez y se ordena la publicación de la presente Acta.

Es todo, término, se leyó y conforme firman,




HILEN DAHER DE LUCENA
JUEZ



Se deja constancia que no se encontró presente la parte actara apelante en el recinto del Tribunal a la hora de la lectura del Dispositivo del fallo.




ANTONIETA RAMOS REYNA
SECRETARIA




Exp. No. GC01-R-2003-000341 (312-03)
Recurso de Apelación