REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA






JUZGADO SUPERIOR PRIMERO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO

ACTA

AUDIENCIA ORAL, PÚBLICA Y CONTRADICTORIA
FIJADA PARA EL DIA DE HOY,
MIERCOLES DIECINUEVE (19) DE ENERO DE 2004
AÑOS 194º Y 145º

Se abrió la sesión presidida por la ciudadana Juez HILEN DAHER DE LUCENA, con la asistencia de la Secretaria del Tribunal Abogada ANTONIETA RAMOS REYNA y el Alguacil Sr. JAVIER ALCALA.

Constituido el Tribunal en el Despacho del Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, a las diez de la mañana (10:00 a.m.), a los fines de que tuviese lugar la audiencia prevista en el artículo 163 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, donde las partes deberán formular sus alegatos y defensas oralmente, de manera pública y contradictoria, en relación con el recurso de apelación interpuesto por la parte accionada Sociedad de Comercio LLOYD´S DON FUNDICIONES C.A., representada por el Abogado JOSE MIGUEL HERRERA; contra la decisión de fecha 11 de octubre del año 2004, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Régimen Procesal Transitorio de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en el juicio que por Prestaciones Sociales siguen los ciudadanos JUAN JOSE SILVA, ERROL DOS SANTOS CARABALLO, LEONARDO ALBERTO MORENO, CARLOS ALBERTO CARO, RAFAEL ANTONIO AULAR, RAMON JOSE GONZALEZ, JOSE RAMON REMGIFO y JOSE ORLANDO NEGRIN contra la Sociedad de Comercio LLOYD´S DON FUNDICIONES C.A. Se dio apertura al acto y se deja constancia de la presencia en este acto de los ciudadanos Actores JUAN JOSE SILVA, ERROL DOS SANTOS CARABALLO, LEONARDO ALBERTO MORENO, RAFAEL ANTONIO AULAR y JOSE RAMON REMGIFO, quienes se identificaron con los números de cédula de identidad 12.036.553, 2.841.662, 7.088.839, 7.050.856 y 5.388.066 en el mismo orden; igualmente se deja constancia de la presencia de los representantes judiciales de la parte demandada Abogados JOSE MIGUEL HERRERA CARVAJAL y LIGIA MARIA ZACCABA NARANJO, quienes se identificaron el primero con el número de Inpreabogado 50.990 y la segunda con la cédula de identidad número 7.093.983, parte apelante. Seguidamente la ciudadana Juez HILEN DAHER DE LUCENA, interviene acotando los puntos sobre los cuales versa la presente apelación. A continuación se le otorga el derecho de palabra a la parte Accionada recurrente; quien expuso las razones y alegatos que a su juicio justifican la apelación del fallo recurrido; igualmente se le otorgó el derecho de palabra a la parte actora quienes expusieron sus razones y alegatos. Concluida su exposición, la ciudadana Juez HILEN DAHER DE LUCENA, intervino haciendo algunas acotaciones y formuló preguntas. En este estado, siendo las 11:00 a.m., el Tribunal se retiró a deliberar en un lapso no mayor de sesenta (60) minutos. Finalizada la deliberación del presente asunto, siendo la 11:30 pasado meridiano, previo anuncio del Alguacil en la Sala de Despacho. Acto seguido la ciudadana Juez leyó la decisión, la cual es del siguiente tenor. En virtud de las razones antes expuestas, este Tribunal Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo declara: SIN LUGAR, la prescripción de la acción. PARCIALMENTE CON LUGAR, la acción incoada por los ciudadanos JUAN JOSE SILVA, ERROL DOS SANTOS CARABALLO, LEONARDO ALBERTO MORENO, CARLOS ALBERTO CARO, RAFAEL ANTONIO AULAR, RAMON JOSE GONZALEZ, JOSE RAMON REMGIFO y JOSE ORLANDO NEGRIN, contra la Sociedad de comercio LLOYD´S DON FUNDICIONES C.A., inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 02 de diciembre de 1988, bajo el No. 14, Tomo 87-A Sgdo.
Se declara PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de apelación ejercido por la parte accionada. Queda Modificada la Sentencia recurrida. No se condena en costas por no haber vencimiento total.
Se ordena agregar al expediente C.D. de grabación del presente acto conforme a lo dispuesto en el artículo 166 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo
Se declara que ha concluido el acto y con éste la presente audiencia. De conformidad con el artículo 165 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se ordena la publicación del fallo dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes.
Se retira la ciudadana Juez y se ordena la publicación de la presente Acta.

Es todo, término, se leyó y conforme firman,



HILEN DAHER DE LUCENA
JUEZ



LOS CIUDADANOS ACTORES










LOS REPRESENTANTES JUDICIALES
DE LA DEMANDADA, PARTE RECURRENTE,





ANTONIETA RAMOS REYNA
SECRETARIA




Exp. No. GC01-R-2003-000366 (322-03)
Recurso de Apelación