TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.-
Valencia, 17 de Enero de 2005
Año 194º y 145º
Por recibida la presente solicitud de HOMOLOGACION DE ACTA DE CONCILIACION DE OBLIGACION ALIMENTARIA y sus recaudos presentados en fecha 12-01-2005 por el CONSEJO DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DEL MUNICIPIO SAN DIEGO. Désele entrada. Fórmese Expediente.- Anótese en los libros correspondientes.- Se admite cuanto ha lugar en derecho, Vista igualmente el Acta Convenio levantada en fecha 26-11-2004, por los ciudadanos KLAUDIA CELINA HAJ VERDE y RAFAEL ALFREDO OSPINO MARTINEZ, en beneficio del niño KHEYLOR VALENTIN OSPINO HAJ esta Juez N° 3 acuerda homologar el acta de conciliación de esta misma fecha, suscrita por los ciudadanos antes mencionados, y por cuanto no es contraria a ninguna disposición de la Ley, al orden público, ni a las buenas costumbres, ésta Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte su respectiva HOMOLOGACION POR OBLIGACON ALIMENTARIA: PRIMERO: el ciudadano RAFAEL OSPINO, se compromete a aportar la cantidad de CIENTO CUARENTA MIL BOLIVARES (Bs. 140.000,00) mensuales, los cuales cancelara SETENTA MIL BOLIVARES (Bs. 70.000,00) quincenales en especies. Asimismo aportara lo referente a gastos extras de medicina. Igualmente consignará dos bonos especiales uno por un monto de DOSCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 200.000,00), para el mes de diciembre y otro bono de DOSCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 200.000,00), para el mes agosto. SEGUNDO: la ciudadana KLAUDIA CELINA HAJ VERDE acepta el ofrecimiento en los términos expuestos anteriormente. Ambos progenitores convienen que el monto a cancelar será incrementado automáticamente en la medida que se incremente el salario- Expídase por Secretaría copia certificada y entréguese a la parte.-
LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL
Abog. DARLINE RODRIGUEZ
L A SECRETARIA
Abog. MORELA DEL CARMEN SERENO MONTOYA
En la misma fecha se cumplió lo ordenado y se le dio entrada bajo el N° C-25.273.-.
DR/as
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