TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.-
Valencia, 18 de Enero de 2005
Año 194º y 145º
Por recibida la presente solicitud de HOMOLOGACION DE ACTA DE CONCILIACION DE REGIMEN DE VISITAS y sus recaudos presentados en fecha 14-01-2005 por el CONSEJO DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DEL SAN JOAQUIN. Désele entrada. Fórmese Expediente.- Anótese en los libros correspondientes.- Se admite cuanto ha lugar en derecho, Vista igualmente el Acta Convenio levantada en fecha 22-11-2004, por los ciudadanos GERMAN ANTONIO ARMAO TERAN y ROSA ELENA OBERTO, en beneficio de la niña ROSANGER PAOLA ARMAO OBERTO esta Juez N° 3 acuerda homologar el acta de conciliación de esta misma fecha, suscrita por los ciudadanos antes mencionados, y por cuanto no es contraria a ninguna disposición de la Ley, al orden público, ni a las buenas costumbres, ésta Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte su respectiva HOMOLOGACION POR REGIMEN DE VISITAS: PRIMERO: la ciudadana ROSA ELENA OBERTO, se compromete a permitir que el ciudadano GERMAN ARMAO, mantenga relaciones personales y contacto directo y amplio con su hija, estableciendo un régimen de visita, un fin de semana cada quince (15) días, la buscará el sábado a las 10:00 a.m y la regresará el domingo a las 7:00 p.m, y un día a la semana cada quince (15) días alternado, a partir del día 22-11-2004. SEGUNDO: después de transcurridos tres (03) meses a partir del 22-11-2004, serán revisados los acuerdos. TERCERO: el ciudadano GERMAN ARMAO TERAN acepta el ofrecimiento en los términos expuestos anteriormente. Expídase por Secretaría copia certificada y entréguese a la parte.-
LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL
Abog. DARLINE RODRIGUEZ
L A SECRETARIA
Abog. MORELA DEL CARMEN SERENO MONTOYA
En la misma fecha se cumplió lo ordenado y se le dio entrada bajo el N° C-25.314.-.
DR/as
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