REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO
SALA DE JUICIO UNICA, JUEZ UNIPERSONAL NUMERO 03
Valencia, 31 de Enero de 2005
194° y 145°
Vista la solicitud de Separación de Cuerpos, junto con sus recaudos anexos, presentada personalmente por sus firmantes, ciudadanos LEOWALDO JOSE SEGOVIA BARRETO y NERIDA YOSVELINE PACHECO GONZALEZ, venezolanos, mayores de edad, identificados con las cédulas de identidad de Identidad Nrs V-16.243.232 y V-18.167.569, respectivamente y de este domicilio, debidamente asistidos en este acto por la abogada JULIETA ROSANA MAZZA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N°: 40.072. El Tribunal los instó a la conciliación, manifestando los cónyuges que no lo deseaban y que el presente escrito contiene la voluntad de ambos de separarse de mutuo acuerdo como está convenida y con las estipulaciones contenidas en dicho escrito, siendo de su puño y letras las firmas que lo suscriben.- Cumplidos como han sido los requisitos exigidos por la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, y con fundamento en el artículo 762 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con el artículo 189 del Código Vigente, previa lectura acordada por Secretaría y hallada conformes por los manifestantes, éste Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA SEPARADOS LEGALMENTE DE CUERPOS, a los cónyuges anteriormente nombrados e identificados, bajo las condiciones mencionadas en el escrito. Expídanse las copias fotostáticas certificadas, se comisiona para su elaboración al ciudadano JOSE DURANGO PADRON, identificado con la cédula de identidad Nº V- 9-535-291, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil.-
LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL DE PROTECCIÓN
Abog. DARLINE RODRIGUEZ
,
Los Cónyuges
LEOWALDO J. SEGOVIA B. y NERIDA Y. PACHECO G.
Abg. Asistente
La Secretaria
Abog. MORELA SERENO MONTOYA
EXP. N° 22.064
DR/jdp
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