REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PROTECCIÓN LOPNA
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA. JUEZ UNIPERSONAL 01
Guanare, 11 de Febrero del 2005
194° Y 145°
Visto el acuerdo celebrado entre los ciudadanos FRENYI JOSE RODRIGUEZ ZERPA y MAURA ELENA CARMONA DELFIN, por ante la Fiscalia Cuarta del Ministerio Publico con Competencia en Materia de Protección del Niño, del Adolescente y la Familia del Estado Portuguesa y ratificado por ante este Tribunal en esta misma fecha, sobre el establecimiento de la Obligación Alimentaría del ciudadano FRENYI JOSE RODRIGUEZ ZERPA en beneficio de sus hijos FRENMAR APOLA y AMYER JOSUE de nueve (09) y seis (06) años de edad, fijada en la cantidad de DOSCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 200.000,oo) Mensuales, la cual cancelara depositándola en una cuenta de ahorro a nombre del Tribunal en beneficio de los referidos niños; así mismo esta obligado a comprarles en el los uniformes y útiles escolares, la ropa, calzado y medicinas; y por cuanto dicho acuerdo conciliatorio no vulnera los derechos de los niños, el Tribunal le imparte su homologación y le da carácter de cosa juzgada, de acuerdo con los artículos 315 y 317 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, de la Niña y del Adolescente. También se acuerda que sea aperturada por la madre la cuenta de ahorro.
La Juez,
Abog. Haydee Oberto Yépez
La Secretaria,
Abog. Elsy Moraima Jurado Verde.
HOY/Mery S.
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