REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE
SADE CUMANA
Cumaná 14 de febrero de 2005
194º y145º

En cumplimiento a lo ordenado en el auto de admisión de la pieza principal, se abre el presente CUADERNO DE MEDIDAS, a los fines de proveer en relación a lo dispuesto en los artículos 351 y 360 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, este Tribunal de Protección conforme a la citada Ley y al Código Civil, establece como Medidas Provisionales las siguientes.

PRIMERO: LA PATRIA POTESTAD: será ejercida por ambos padres ciudadanos: SELENE DE LOS ANGELES MARTINEZ AVIS Y ELVIS GREGORIO RINCONES CAMPOS.-

SEGUNDO: GUARDA: será ejercida por la ciudadana: SELENE DE LOS ANGELES MARTINEZ AVIS.-

TERCERO: REGIMENDE VISITAS. Se le concede al padre en régimen de visitas abierto, el día de la madre lo pasará con ella y el día del padre con él, pudiéndose intercalar entre ambos padres vacaciones escolares y navidad.-

CUARTO. OBLIGACIÓN ALIMENTARIA. El padre suministrará para sus hijos la cantidad de TRESCIENTOS CINCUENTA MIL BOLIVARES (Bs 350.000,00) mensuales así como en la proporción de otros gastos como uniformes, asistencia médica, medicinas juguetes y recreación, útiles escolares y otros gastos necesarios para el mejor desarrollo del hijo.-

Estas medidas Provisionales se mantendrán hasta que concluya el juicio, salvo que la partes demandada ciudadano ELVIS GREGORIO RINCONES CAMPOS, manifieste lo contrario, caso en el cual habrá contención y se seguirán los procedimientos previstos en la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente para regulación de cada una de las instituciones familiares, abriéndose los respectivos cuadernos de medidas, sirviendo el presente cuaderno para la regulación de cada una de ellas.-
EL JUEZ Nº 1

ABOG. JHOAN CARDENAS MEDINA
EL SECRETARIO
ABOG. JOSE RAMON YEGUEZ
EXP Nº TP1-1927-05
DIVORCIO 185 ORD 3º
JCM.-/Neida.-