REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal de Juicio de Barquisimeto
Barquisimeto, 25 de Febrero de 2005
194º y 146º

ASUNTO PRINCIPAL: KP01-P-2004-000210

Visto el escrito de fecha 17-02-05, sucrito por los abogados Ramón Pérez Linárez y Carlos Rangel, en su condición de Defensores Privados de los ciudadanos Oswaldo José Crespo y Franklin Oswaldo Adames, en el que solicitan la revisión de la Medida Cautelar Sustitutiva impuesta en fecha 26-01-05, este Tribunal niega dicha solicitud y acuerda notificarle a los mencionados Defensores Privados a los fines de que den cumplimiento a lo acordado. Líbrese Boleta de Notificación. Cúmplase.-



La Jueza de Juicio N° 1

El Secretario

Abog. Rosa Virginia Acosta C.




RVAC/-