REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veinticinco de febrero de dos mil cinco
194º y 146º
ASUNTO : KP02-S-2004-011844
La ciudadana, ISABEL CRISTINA ALVARADO, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, con cédula de identidad Nro V-10.762.572 presento escrito por ante este Tribunal y expuso que es propietaria de unas bienhechurias que tengo y poseo, las cuales vengo formentando desde hace años en forma pública, pacífica e ininterumpida, las cuáles consisten en una casa de Ochocientos Treinta y Cinco Metros Cuadrados (835 Mts2) de contrucción, en paredes de bloques con friso de primera, con una altura de 3.80 Mts, la cual consta de cuatro (4) dormitorios con closets, ventanas y puertas de madera, con cuatro (4) salas de baño, la principal con jacuzzi y un (1) salón de star, una (1) sala-comedor, un (1) área de cocina con stufa, una (1) sala recibo, un (1) pasillo de enlace de areas sociales, a parte interna de las habitaciones, cuatro (4) pasillos de terraza a cada lado de la casa, toda toda la casa esta decorada con cerámica de primera y un 50% en piso de parquet, techo de machihembrado y tejas, puertas, ventanas y closets de madera, columnazas y vigas de un gran espesor, un (1) pasillo de area social con una parrillera, tipo estufa, construida en manoposteria y guarda closet con (4) puestos con puerta de madera, una (1) barra construida de manoposteria y decorada con tejas de primera, la bienhechuria antes mencionada esta construida gran parte sobre un muro bien construido, para asegurar el nivel de la misma, posee la construcción de una caballerisa, fabricada en una extensión de terreno de Ciento Ocho Metros Cuadrados con Ochenta Centímetros (108.80 Mts2) con paredes de bloque y friso decorativo rustico, piso de cemento liso, cinco (5) puesto para animales, con sus bebederos y comederos, techada con platabanda, recubierta con tejas decorativa en la parte de arriba del techo, cinco (5) puertas de madera, posee un (1) cuarto depósito con batea y closets de madera, posee un veinticinco (25) árboles de aguacate, cinco (5) árboles de ciruelas rojas, veinte (20) árboles de naranja, cinco (5) árboles de limón dulce, tres (3) árboles limón ácido, dos (2) árboles de mamón, seis (6) árboles de ning, diez (10) árboles de mango, cuatro (4) de honoto, cerca líneal en dos de los pasillos de la casa de matas decorativas tipo cerca de croto, ocho (8) jardineras con diferentes tipos de matas decorativa, dos (2) cocoteros altos, cinco (5) pinos, dieciocho (18) matas de ning, dos (2) pozos sépticos ubicados al lado este, un tanque subterráneo de siete (7) metros, con una capacidad para Ochenta Mil Litros (80.000 Lts) de agua, piscina de diez (10) metros, por ocho (8) metros, por (2) metros de profundiad, una área social y recreacional de Setenta Metros (70 Mts) de contrucción, el terreno esta cercado en un Ochenta por Ciento (80%) en paredes de bloques de Tres Metros (3 Mts) de alto y el otro Veinte por Ciento (20%) aproximado, en cerca de alfajol, en buen estado, con paredes de Ochenta Metros (80 Mts) en bloque y friso rustico, frente construido en paredes de piedra de primera y rejas de hierro forjado, un portón de dos (2) hojas y sistema eléctrico de Doce Metros con Cincuenta Centímetros (12.50 Mts) líneales, por Tres Metros con Veinte Centímetros de alto, entre otra características la casa posee seis (6) puertas y marcos, con salida a los pasillos, fabricadas con mareda de primera y de gra diseño, dieciseis (16) ventanas grandes, con puertas y marcos de madera y vidrio blanco, el terreno esta decorado en una Ochenta y Cinco por Ciento (85%) en grama y un Quince por Ciento (15%) en piso de laja lisa, características de doble closets en dormitorio principal. Todas esta bienhechurias se encuentran construidas en un lote del terreno ejido, propiedad municipal, que mide QUINCE MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y TRES METROS CUADRADOS CON TREINTA Y CUATRO CENTIMETROS CUADRADOS (15.983,34 Mts) con respectivo plano fotográfico, el cual se encuentra ubicado en el Sector el Manzano abajo, jurisdicción de la Parroquia Catedral del Municipio Autonómo Iribarren del Estado Lara, con un valor CIENTO VEINTE MILLONES DE BOLIVARES (Bs 120.000.000.oo) estando alinderado de la siguiente manera: NORTE. Terreno que es ocupado por Adelino Hernádez; SUR: Carretera asfaltada que es uno de sus frentes; ESTE: Terreno que esta ocupado por Leida Rojas y OESTE: Calle principal asfaltada que da acceso a las colinas del Manzano. La solicitud admitió a sustanciación, acordándose oír a dos testigos, quienes estuvieron acordes con lo expuesto en la misma. Se estiman los dichos de estos testigos de conformidad con la facultad que le da a los Jueces la Norma contenida en el Artículo 508 del Código de Procedimiento Civil, por lo que este Tribunal, dejando a salvo los derechos de terceros de acuerdo con lo dispuesto en el Artículo 937 ejusdem, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO bastante para asegurar derechos de la propiedad y posesión sobre el inmueble a que se contrae el presente escrito, cuyas características, ubicación y linderos ya se han determinado suficientemente a favor de la solicitantes antes identificada, dejando a salvo los derechos de terceros. A los fines de su registro, se le advierte al Registrador respectivo, que conforme al acuerdo del lº de Abril de 1970 dictado por la Corte Suprema de Justicia en Sala Político Administrativa, para proceder a la protocolización, de un Título Supletorio expedido sobre bienhechurías en fundo ajeno, se requiere la autorización del propietario, sea éste un ente Público o un particular. Devuélvanse originales y sus resultas. Expídase copia certificada, a los fines de su registro.
La Juez., La Secretaria Acc.,
Abog. Patricia Cabrera Manfredi Abog. Maria Milagros Medina.
PCM/MMM/jysp.
|