REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS IRIBARREN, CRESPO Y URDANETA
Siendo las 9:30 a.m, se constituyó este Trib. en carrera 17 entre 26 y 27 Edif. Don Manuel, Apto N° 2-B, Barqto. Edo. Lara, acompañados por el abog. actor HAROLD CONTRERAS, INPRE 23.694, y los ciudadanos JUAN COLMENAREZ, repres. de la Depos. Judicial Yacambú C.A. y JOSE CALDERON, designados y juramentados depositario y perito respectivamente. No fuímos atendidos por persona alguna, motivo por el cual fué imposible practicar notificación de ley. A solicitud del actor se designó al ciudadano JOSE GARCIA, C.I. 5.250.179; cerrajero, aceptó el cargo y prestó juramento de ley. Abiertas las puertas se constató que no había persona alguna. Se hizo el retiro de bienes muebles. El Trib. declaró el Secuestro del inmueble identificado en acta y lo entregó libre de personas y bienes al Depositario designado. Se hizo presente el ciudadano JUAN CASSANY, asistido de abog. impuesto del acto; manifestó que los bienes serían trasladados bajo su reponsabilidad. Siendo las 12:45 p.m, terminó el acto.